JOFRÉ/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
29 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
hechos como en el derecho, por lo que el ejercicio de la facultad que la ley le confirió a la Comisión recurrida, se ejerció con el debido análisis de los elementos pertinentes puestos en su conocimiento, lo que evidencia la razonabilidad de la misma, por lo que no deviene ni en arbitraria ni en ilegal, más allá del legítimo disenso que manifiesta el recurrente. Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo constitucional interpuesto a favor de don David Gonzalo Jofré Chamorro. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Mauricio Fehrmann Miranda. N°Amparo-152-2022.
Fundamentos
considerando especialmente que de acuerdo al informe de postulación psicosocial el condenado presenta un alto nivel de riesgo de reincidencia delictual y .que se destacan en el interno elementos personales con potencial criminógeno, problemas de adherencia vinculado a revocación de libertad condicional y pena sustitutiva, deficiente resolución de conflictos y hurtos. Por lo anterior, el condenado no daría garantías suficientes de compromiso con la resocialización. QUINTO: Que, de lo anterior se colige que la resolución denegatoria, ha sido debidamente fundada en los hechos como en el derecho, por lo que el ejercicio de la facultad que la ley le confirió a la Comisión recurrida, se ejerció con el debido análisis de los elementos pertinentes puestos en su conocimiento, lo que evidencia la razonabilidad de la misma, por lo que no deviene ni en arbitraria ni en ilegal, más allá del legítimo disenso que manifiesta el recurrente.
Fallo
Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se RECHAZA el recurso de amparo constitucional interpuesto a favor de don David Gonzalo Jofré Chamorro. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción a cargo del Abogado Integrante Sr. Mauricio Fehrmann Miranda. N°Amparo-152-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veintinueve de junio de dos mil veintidós. VISTOS. Comparece Sandra Verónica Zamora Oyarzún, defensora penal pública penitenciaria, domiciliada en Calle Eleuterio Ramírez 1116, oficina 302, Osorno en representación del condenado don David Gonzalo Jofré Chamorro, cédula nacional de identidad n° 17.121.494-7, actualmente cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Pe
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