FISCO DE CHILE - TESORERIA REGIONAL SANTIAGO SUR CON GLADYS DELGADO AGUERO Y OTROS
Rol
Fecha
29 de junio de 2022
Materia
BIENES RAÍCES,REMATE POR NO PAGO CONTRIBUCIONES
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
Visto y teniendo presente: 1°. Que las facultades para actuar de oficio previstas en el artículo 84 inciso final del Código de Procedimiento Civil, tienen el carácter de excepcionales, en cuanto autorizan al Tribunal a corregir de oficio los errores que observe en la tramitación del proceso, o adoptar medidas que tiendan a evitar la nulidad de los actos de procedimiento. 2°. Que, en la especie, se advierte la existencia de un tercerista de respecto del cual se había reconocido su preferencia en la prelación de su crédito respecto del inmueble que se está solicitando el alzamiento de la hipoteca y prohibición de enajenar, no apareciendo que éste fuera emplazado a fin de ejercer sus derechos, lo cual pugna con el debido proceso y la bilateralidad propia que se requiere en este tipo de decisiones, lo que faculta a esta Corte para hacer uso, de oficio, de sus atribuciones e invalidar actuaciones judiciales defectuosas, cuyo es el caso, con el fin de evitar nulidades procesales. Por estos
Fundamentos
fundamentos y lo dispuesto en el artículo 84 inciso final del Código de Procedimiento Civil, SE INVALIDA, de oficio, la resolución de seis de mayo del año en curso, dictada por el Cuarto Juzgado Civil de San Miguel en la causa Rol C-21306-2011 y se ordena al Tribunal a quo que, previo a resolver la solicitud del adjudicatario, confiera traslado al tercerista Banco Scotiabank, sucesor legal de Banco Sudamericano, para los efectos a que haya lugar. Devuélvase. N° 751-2022 Civil.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintinueve de junio de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1°. Que las facultades para actuar de oficio previstas en el artículo 84 inciso final del Código de Procedimiento Civil, tienen el carácter de excepcionales, en cuanto autorizan al Tribunal a corregir de oficio los errores que observe en la tramitación del proceso, o adoptar medidas que tiendan a evitar la nulidad d
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