SIN INFORMACION

NAVA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION

Rol

Fecha

29 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 29 de abril de 2022, comparece doña GENESIS DE LOS ANGELES NAVA PEÑA, cédula nacional de identidad Nº27.175.598-8, de nacionalidad venezolana y domiciliada en calle 5 Oriente N° 3448, Talca, quien viene en interponer recurso de protección en contra del DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, por privar y/o perturbar, en forma ilegal y arbitraria sus derechos garantizados en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, consistente en el no pronunciamiento respecto de su solicitud de permanencia definitiva dentro del plazo legal establecido, previo al vencimiento de su cédula de identidad chilena, tal omisión ilegal y arbitraria, es a todas luces una grave privación, perturbación y amenaza en el legítimo ejercicio de su derecho y garantía constitucional, esto es, igualdad ante la ley, de manera de restablecer el imperio del derecho y asegurar su protección como afectada. Refiere que, con fecha 13 de diciembre del 2018, ingresó junto a su familia a Chile por el Paso Fronterizo Chacalluta, cumpliendo con todos los requisitos verificados por las autoridades a cargo del control migratorio, otorgándole el Departamento de Extranjería y Migración Visa Temporaria en calidad de Titular, Resolución Exenta Nº 9309 de fecha 12 de agosto de 2019, con vigencia desde 01 de enero de 2020 hasta el 06 de enero de 2021. Cumplido lo establecido en la ley, con fecha el 24 de diciembre del año 2020, envío su solicitud de permanencia definitiva a través de la plataforma online del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, en el enlace: https://tramites.extranjeria.gob.cl, adjuntando toda la documentación requerida para dicho trámite. Sin embargo, su solicitud de permanencia definitiva no ha sido resuelta a la fecha, aun cuando ya han transcurrido más de un año y cuatro meses, desde el inicio de la tramitación y se encuentra en análisis intermedio en un 50% de tramitación, tal como se evidenciaría en la página de: Consulta de Estado de Beneficios Migratorios, del Departamento de Extranjería y Migración, página web https://tramites.extranjeria.gob.cl. Dicha omisión tan prolongada en el tiempo por parte del Departamento de Extranjería y Migración le ha traído graves consecuencias, debido a las limitaciones en cuanto a poder tener igual condición de legalidad y accesibilidad a un mundo normal de gestiones, desde las más básicas, hasta las más complejas del quehacer diario, como por ejemplo, no poder acceder a trámites bancarios, suscribir un contrato de tv por cable, adquirir un plan de telefonía celular, suscribir contratos de arriendo, otorgar cualquier otro documento en notarías, acceder a un nuevo empleo, solicitar informes comerciales y en general todas las que pudiera realizar cualquier ciudadano con un carnet de identidad vigente. En conclusión, de la relación de los hechos acaecidos, advierte que el Departamento de Ext

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, Decreto Supremo número 587, Decreto Ley 1094, Ley 21.325, Ley 19.880 y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales SE ACOGE, sin costas, el recurso de protección deducido por doña GENESIS DE LOS ANGELES NAVA PEÑA, en contra del DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA, disponiendo que dentro de un plazo máximo de 30 días corridos a contar de que el presente fallo quede ejecutoriado, deberá pronunciarse respecto de la solicitud de permanencia definitiva planteada por la recurrente, conforme a la normativa legal. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-4114-2022.

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Talca, veintinueve de junio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el 29 de abril de 2022, comparece doña GENESIS DE LOS ANGELES NAVA PEÑA, cédula nacional de identidad Nº27.175.598-8, de nacionalidad venezolana y domiciliada en calle 5 Oriente N° 3448, Talca, quien viene en interponer recurso de protección en contra del DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DE

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