RUIZ-TAGLE/RUIZ-TAGLE
Rol
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
CONTRATO, NULIDAD DE
Resultado
DESISTIDA
Hechos
Vistos: Al folio N°24, al mérito de lo expuesto, téngase a la parte demandada, Inversiones Lo Espejo Limitada, representada por su abogado don Bruno Romo Muñoz, por desistida del recurso de apelación deducido el doce de enero del año en curso, en contra de la resolución de seis de enero del mismo año, dictada en el cuaderno de medida precautoria. (IC N°1485-2022). Asimismo, al mérito de lo expuesto, téngase a la parte demandada de Carlos, Ana María, Antonia y Josefina, todos de apellidos Ruiz- Tagle Pérez-Cotapos, representados por su abogado don Bruno Romo Muñoz, por desistida del recurso de apelación deducido el veinticuatro de enero del año en curso, en contra de la resolución de dieciocho de enero del mismo año, dictada en el cuaderno de excepciones dilatorias. (IC N°1776-2022). Al folio N°25, al mérito de lo expuesto, téngase a la parte demandada de Inversiones Empreterra Limitada, Andrés Ruiz-Tagle García-Huidobro, Vicente Ruiz-Tagle García-Huidobro y María Soledad Ruiz-Tagle García-Huidobro, representados por su abogado don Luis Gabriel Salazar Herrera, por desistida del recurso de apelación deducido el veinticuatro de enero del año en curso, en contra de la resolución de dieciocho de enero del mismo año, dictada en el cuaderno de excepciones dilatorias. (IC N°1777-2022). Al folio N°26, al mérito de lo expuesto, téngase a la parte demandada de Inversiones Empreterra Limitada, Andrés Ruiz-Tagle García-Huidobro, Vicente Ruiz-Tagle García-Huidobro y María Soledad Ruiz-Tagle García-Huidobro, representados por su abogado don Luis Gabriel Salazar Herrera, por desistida del recurso de apelación deducido el veintisiete de enero del año en curso, en contra de la resolución de veinticuatro de enero del mismo año, dictada en el cuaderno de medida precautoria. (IC N°1986-2022). Devuélvase. N°Civil-1485-2022.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, uno de julio de dos mil veintidós. Vistos: Al folio N°24, al mérito de lo expuesto, téngase a la parte demandada, Inversiones Lo Espejo Limitada, representada por su abogado don Bruno Romo Muñoz, por desistida del recurso de apelación deducido el doce de enero del año en curso, en contra de la resolución de seis de enero del mismo año, dictada en e
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