SIN INFORMACION

ENDRICK TERAN GOMEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

29 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jorge Manuel Lena Salgado, abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, domiciliado en Huérfanos N°863, comuna de Santiago, quien interpone acción constitucional de protección en favor de Endrick Augusto Terán Gómez, venezolano, domiciliado en Manuel Ballesteros N°9165, Comuna de la Cisterna, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Thayer Correa, sociólogo, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto a la solicitud de permanencia definitiva efectuada por su representado. Señala que el 3 de agosto de 2021 (sic) el señor Terán solicitó el beneficio de permanencia definitiva según consta en la solicitud N° 34897, sin que hasta a la fecha haya recibido respuesta alguna de la entidad recurrida, situación que lo mantiene en un estado de preocupación e incertidumbre constante. Sostiene que la demora excesiva en dar respuesta a la solicitud de permanencia definitiva constituye una omisión ilegal, por cuanto se infringe la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos, por la vulneración del plazo máximo para dar respuesta al requerimiento del administrado, de conformidad a los artículos 23 y 27 de dicho cuerpo legal y, además, por la vulneración del principio de celeridad consagrado en el artículo 4° de dicha ley la que no puede justificarse en un aumento de las solicitudes de personas extranjeras que han ingresado al país, puesto que esta situación ha sido previsible, atendido que para solicitar la permanencia definitiva se debe haber tramitado un permiso de residencia previo. Plantea que la omisión denunciada implica una perturbación de su derecho de igualdad ante la ley del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la

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Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso de amparo el abogado don José Miguel Saavedra González, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 09:22 horas y terminó a las 09:26 horas. San Miguel, 29 de junio de 2022. Mauricio Vergara Toro. Relator. San Miguel, veintinueve de junio de dos mil veintidós. A los folios 58.152 y 58.249: A todo, téngase presente.

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