URRA/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL 1 SEMESTRE 2022
Rol
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 20 del mes en curso, comparece PAULINA ROBLES CAMPOS, Abogada de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 17.715.034-7, domiciliada para estos efectos en Uno Poniente N°1258 oficina 507, comuna de Talca, en representación del condenado MIGUEL ÁNGEL URRA IBÁÑEZ, C.I. 18.572.724-6, quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, y deduce recurso de amparo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, integrada por el Ministro de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca don Moisés Muñoz Concha, don Luis Sumonte Rojas Juez del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, Don Ricardo Riquelme Carpenter, Juez Titular de Juzgado de Garantía de Talca, don Humberto Paiva Passero, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Talca, y don Marcial Taborga Collao, Juez titular del Juzgado de Garantía de Parral, Juez titular del Juzgado de Garantía de Parral, por acto ilegal ejecutado mediante resolución de 22 de abril del año en curso que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo condena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de ROBO EN LUGAR NO HABITADO, en causa RUC 1800750973-8del Juzgado de Garantía de Constitución. Agrega que el cumplimiento de dicha condena se inició el 20 de septiembre de 2019 y la cumpliría el 21 de septiembre de 2022. Alega que, cumpliendo los requisitos para postular al beneficio de libertad condicional, la Comisión recurrida rechazó su petición de concedérselo, argumentando: “…que no cumple con todos los requisitos legales, en particular los referidos en el artículo 2° número 3 del D.L. 321, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, consta que el postulante presenta alto riesgo de reincidencia delictual, encontrándose actualmente con un proceso de intervención en el área de adicciones finalizado, con alta administrativa por no cumplimiento de objetivos. En el transcurso de su proceso de intervención el evaluado de manera paulatina ha logrado evaluar y analizar de qué manera sus conductas antisociales han influido en sus comportamientos disruptivos y en consecuencias su privación de libertad. Verbaliza su intención de incorporar aprendizajes nuevos que le permitan mantener un estilo de vida funcional y pro social evitando contextos de riesgo que lo pudieran involucrar nuevamente en la comisión de algún delito, sin embargo, en su discurso se aprecian creencias, pensamientos, y sentimientos centrados en comportamientos antisociales. Se observa tendencia a favor del delito, validando la comisión de ilícitos como medio para generar ingresos económicos, visualiza escasamente el daño causado a la víctima y minimiza su conducta. Según el análisis y los avances que ha presentado durante su proceso de intervención, se encuentra en estadio motivacional contemplativo, es decir se siente ambivalent
Fallo
Por lo expuesto, no existe una afectación indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, se declara que SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducido por doña Paulina Robles Campos, Defensora Penal Público Penitenciario, en favor de MIGUEL ÁNGEL URRA IBÁÑEZ y en contra de la resolución dictada por la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL el 22 de abril de 2022. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese. Rol 191-2022/Amparo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintiocho de junio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 20 del mes en curso, comparece PAULINA ROBLES CAMPOS, Abogada de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 17.715.034-7, domiciliada para estos efectos en Uno Poniente N°1258 oficina 507, comuna de Talca, en representación del condenado MIGUEL ÁNGEL URRA IBÁÑEZ, C.I. 18.572.724-6, qu
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