CONCHA/COMISION LIBERTAD CONDICIONAL 1 SEMESTRE 2022
Rol
Fecha
28 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA/COMUNICAR.
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 20 del mes en curso, comparece PAULINA ROBLES CAMPOS, Abogada de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 17.715.034-7, domiciliada para estos efectos en Uno Poniente N° 1258 oficina 507, comuna de Talca, en representación del condenado JAIME IGNACIO CONCHA OBREQUE, C.I. 19.105.914-K, quien actualmente cumple condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Talca, y deduce recurso de amparo en contra de la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL, integrada por el Ministro de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Talca don Moisés Muñoz Concha, don Luis Sumonte Rojas Juez del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Cauquenes, Don Ricardo Riquelme Carpenter, Juez Titular de Juzgado de Garantía de Talca, don Humberto Paiva Passero , Juez Titular del Juzgado de Garantía de Talca, y don Marcial Taborga Collao, Juez titular del Juzgado de Garantía de Parral, Juez titular del Juzgado de Garantía de Parral, por acto ilegal ejecutado mediante resolución de 21 de abril del año en curso que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el amparado se encuentra cumpliendo las siguientes condenas: - Cuatro años y un día de presidio menor en su grado máximo, la de inhabilitación absoluta para cargos públicos durante el tiempo de la condena y la inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, como autor del delito de ROBO EN LUGAR HABITADO, previsto y sancionado en el artículo 440 N° 1 del Código Penal, en causa RUC 1800211386-0 del Juzgado de Garantía de Talca. - Tres penas de sesenta y un días de prisión en su grado máximo, más las accesorias legales, como autor del ilícito de HURTO SIMPLE, en causa RUC 1601062331-K del Juzgado de Garantía de Talca. - Treinta días por sustitución de multa en causa RUC 1900690917-8 del Juzgado de Garantía de Talca. Agrega que el cumplimiento de dichas condenas se inició el 10 de enero de 2019 y la cumpliría el 24 de agosto de 2022. Alega que, cumpliendo los requisitos para postular al beneficio de libertad condicional, la Comisión recurrida rechazó su petición de concedérselo, argumentando: “…que no cumple con todos los requisitos legales, en particular los referidos en el artículo 2° número 3 del D.L. 321, por cuanto del informe Técnico de Postulación Psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile, consta que el postulante en la actualidad no forma parte del programa para personas privadas de libertad, toda vez que de forma voluntaria firma su renuncia a reingresar al programa de reinserción social, del cual se le había egresado por presentar una falta al régimen interno. De acuerdo a sus principales proyecciones, estas se basan principalmente en el eje laboral, dado que refiere que en el medio libre tiene la intención de trabajar junto a su padre, en el rubro de la construcción. En cuanto a la actitud y orientación pro criminal, si bien el postulante asume su responsabilidad frente a los hechos delictivos cometidos y acepta las consecuencias de lo
Fallo
Por lo expuesto, no existe una afectación indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado. Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre la materia, se declara que SE RECHAZA la acción constitucional de amparo deducido por doña Paulina Robles Campos, Defensora Penal Público Penitenciario, en favor de JAIME IGNACIO CONCHA OBREQUE y en contra de la resolución dictada por la COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL el 21 de abril de 2022. Comuníquese por la vía más expedita. Regístrese y archívese. Rol 190-2022/Amparo.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Talca Talca, veintiocho de junio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1, el 20 del mes en curso, comparece PAULINA ROBLES CAMPOS, Abogada de Defensoría Penal Pública Penitenciaria, C.I. 17.715.034-7, domiciliada para estos efectos en Uno Poniente N° 1258 oficina 507, comuna de Talca, en representación del condenado JAIME IGNACIO CONCHA OBREQUE, C.I. 19.105.914-
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