SIN INFORMACION

/ TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

25 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: En folio 1, se deduce recurso de amparo en favor Constanza Paz Silva Codelia y en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, en razón del acto ilegal consistente en fijar, mediante resolución de 20 de junio 2022 del presente año, la realización de juicio oral en la presente causa, para el día 19 de julio del año 2022, bajo modalidad remota, alterando lo acordado previamente por los intervinientes. En lo que dice relación con el recurso, sostiene que el juicio programado deriva de uno previo anulado. Sostiene que, estando fijada audiencia de juicio, por la imputación de tráfico en pequeñas cantidades, para el 25 de enero de 2022, en audiencia previa se dispuso que el juicio se desarrollaría bajo modalidad semipresencial, únicamente con el testigo Mardones, quien trabaja en los Andes, vía zoom. Dicha audiencia de juicio no se realiza por ausencia de la imputada por lo que se reprograma para el 19 de julio de 2022. En audiencia de coordinación de juicio, las partes mantienen su planteamiento en relación con la modalidad de audiencia, sin embargo, el Tribunal desatiende la solicitud y acuerdo de los intervinientes e impone la modalidad remota permitiendo únicamente que si la defensa y la imputado requieren acudir al Tribunal lo pueden hacer. Sostiene que lo resuelto el ilegal por cuanto es evidente que afecta el derecho a defensa, por cuanto disminuyen absolutamente las posibilidades de control por parte del Tribunal y por cierto la defensa en relación a la prueba de cargo. Que informa el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar quien confirmó los antecedentes indicados por la defensa, haciendo hincapié en que las audiencias remotas resultan actualmente idóneas y, básicamente, el Tribunal mantiene las facultades de anular de oficio en la medida que se pesquise alguna afectación a las garantías de los intervinientes, lo que evidentemente se podrá ejercer en la medida que aquello se produzca. Que se trajeron los autos en relació

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que, la resolución recurrida que fijó la realización del juicio oral mediante accesos remotos, constituye una decisión de carácter procesal que no incide en la libertad personal ni seguridad individual del amparado, la cual fue dictada por autoridad competente, dentro de los casos legales y con fundamentos para ello. Segundo: Que, adicionalmente, tal como lo han expuestos los jueces informantes, quedan a salvo las posibilidades de anulación de oficio o a requerimiento de parte, en el evento que de alguna forma se afecten las garantías constitucionales y legales de los intervinientes, lo que conlleva a desestimar este recurso. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Constanza Paz Silva Codelia. Regístrese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1309-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticinco de junio de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, se deduce recurso de amparo en favor Constanza Paz Silva Codelia y en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, en razón del acto ilegal consistente en fijar, mediante resolución de 20 de junio 2022 del presente año, la realización de juicio oral en la presente causa, para el día 19

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