VARAS CASTRO LUIS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
24 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece el defensor penal público penitenciario, abogado Ricardo González Ciudad, en favor de Luis Alberto Varas Castro, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, deduciendo Amparo contra la Comisión de Libertad Condicional por el acto ilegal y arbitrario de rechazar la concesión de su libertad condicional. Pide se le otorgue tal beneficio asegurando la debida protección a su derecho fundamental de libertad personal. Invoca como antecedentes de hecho que el amparado cumple condena de 300 días, por el delito de hurto simple, en causa RUC 1900076605-7, del Juzgado de Garantía de Viña del Mar; 3 años y 1 día, por el delito de hurto reiterado, en causa RUC 1900300610-K, del 7° Juzgado de Garantía de Santiago; y 61 días, por el delito de hurto simple, en causa RUC 1600679267-0, del Juzgado de Garantía de Curicó. Sin perjuicio de reunir los requisitos previstos en la Ley en la materia, la Comisión resolvió denegar la libertad condicional, mediante resolución de la que ignora la fecha y contenido, lo que le permite dudar de la observancia a requisitos contemplados en la ley, lo que evidentemente resulta ilegal y arbitrario vulnerando el derecho a la libertad personal y seguridad individual de su representado, por lo que pide se acoja el recurso y se conceda en favor del amparado la debida protección a su derecho a la libertad, disponiendo, como medida para el restableciendo del imperio del derecho, la concesión de la libertad condicional. 2°) Que informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, expuso que por resolución de 14 de abril del presente se resolvió por unanimidad rechazar la postulación del amparado al beneficio solicitado, toda vez que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bi
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Luis Alberto Varas Castro, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, y se le reconoce el derecho a la libertad condicional impetrado, debiendo seguirse a su respecto el procedimiento establecido en la ley y el reglamento para su inmediata materialización. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2395-2022.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veintidós. Al folio N° 6: téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Que comparece el defensor penal público penitenciario, abogado Ricardo González Ciudad, en favor de Luis Alberto Varas Castro, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, deduciendo Amparo contra la Comisión de Liberta
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica