MORALES / CASA DE REPOSO DEL ADULTO MAYOR RAYÉN LTDA.,
Rol
Fecha
24 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: A folio 1, comparece Juan Manuel Morales Opazo, abogado, quien recurre de amparo a favor de Elbia Margarita Rodríguez Carriel, contra el hogar de ancianos “Como Violeta” ubicada en Villa Alemana, por el acto ilegal que consiste en mantener a la amparada contra su voluntad, e impedirle a 3 de sus hijos que la trasladen al hogar de uno de ellos, quien desea otorgarle los cuidados necesarios atendida su avanzada edad, cuestión que vulnera la libertad personal y seguridad individual de la amparada, por lo que pide se adopten las medidas que indica. Indica la amparada es una mujer de 90 años, viuda, ha sido operada 7 veces, y requiere de cuidados especiales, pues tiene un estado de debilidad en su zona pélvica, por lo que requiere una movilidad asistida personalizada, además de sufrir de hipertensión arterial, dislipidemoa, gonartrosis y demencia senil. Refiere también que tiene 6 hijos vivos, 3 viven en la ciudad de Santiago, y 3 en la Región de Valparaíso. Sucede que vivió con su hijo Jorge Alberto Medina Rodríguez, en la comuna de La Florida, Santiago, quien le otorgaba los cuidados necesarios, pero cuando aumentaron los casos por Covid 19, decidió que era mejor sacarla de la capital y llevarla a una zona menos poblada y que siempre ha sido su entorno social, esto es, el sector de Los Pinos de Quilpué. Señala que los cuidados de la Sra Elbia Margarita debían estar a cargo de sus 3 hijos de Valparaíso: José Daniel, Isaac y María Mercedes, todos de apellidos Medina Rodríguez. Sin embargo, desde los meses de marzo o abril de este año, estas personas daban excusas cuando los hijos de Santiago buscaban comunicarse con su madre. Es así que en abril, en un viaje para ver a su madre, los hijos de Santiago se enteran que los hijos de Valparaíso habían internado a su madre en el hogar de ancianos “Como Violeta”, de la comuna de Villa Alemana. Desde ese día la visitan y tratan de satisfacer sus necesidades, aunque con las reglas del hogar eso es difícil de lograr. Señ
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de amparo se ha establecido respecto de todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción a lo dispuesto en la Constitución o en las leyes o respecto de la persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza a su derecho a la libertad personal y seguridad individual, debiéndose adoptar las medidas que se estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Segundo: Que de los antecedentes expuestos, aparece que no se ha vulnerado ni amenazado la libertad personal o seguridad individual de la amparada, por cuanto según pudo constatar SENAMA, órgano encargado precisamente de velar por el bienestar de los adultos mayores, la estadía de la Sra. Elbia Margarita Rodríguez Carriel es voluntaria, no afectándole ninguna medida que afecte su libertad, siendo en cambio ella, la que no quiere irse a vivir con su hijo Jorge a Santiago, por cuanto indica que trabaja y que no podría acompañarla. Tercero: Que a mayor abundamiento, se debe considerar que según lo expuso la recurrida y fue corroborado por el SENAMA, la amparada se encuentra en buen estado de salud y conforme con los cuidados que recibe en el ELEAM “Como Violeta”, los que son acordes con su situación actual, no vislumbrándose en los informes allegados ningún hecho que pudiese poner en riesgo el bienestar de la Sra. Elbia Rodríguez Carriel. Cuarto: que por no haberse constatado la ocurrencia de ningún acto ilegal que haya afectado la libertad personal o seguridad individual de la amparada, el presente recurso será rechazado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo interpuesto en favor de Elbia Margarita Rodríguez Carriel, y en contra del Hogar de Ancianos “Como Violeta”. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y en su oportunidad, archívese. N°Amparo-1214-2022.- En Valparaíso, veinticuatro de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinticuatro de junio de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, comparece Juan Manuel Morales Opazo, abogado, quien recurre de amparo a favor de Elbia Margarita Rodríguez Carriel, contra el hogar de ancianos “Como Violeta” ubicada en Villa Alemana, por el acto ilegal que consiste en mantener a la amparada contra su voluntad, e impedirle a 3 de sus hijos que la trasla
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