VIACAVA ESPINOZA ANGEL LUIS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
24 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Romina Riveros Orozco, domiciliada para estos efectos en Monjitas 392, comuna de Santiago, quien interpone recurso de amparo en favor de Ángel Luis Viacava Espinoza, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado ilegal y arbitrariamente su postulación al beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos del Decreto Ley N° 321, vulnerando su derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Funda el recurso indicando que el amparado se encuentra cumpliendo las siguientes condenas: 41 días por el delito de amenazas simples, 6 años por el delito de secuestro, 4 años por el delito de robo con intimidación y 541 días por el delito de robo por sorpresa. Indica que registra como inicio de la condena el 3 de marzo de 2014, de término de la misma el 18 de noviembre de 2024, y su tiempo de postulación a la libertad condicional se cumplió el 5 de enero de 2021. Agrega que en los últimos cuatro bimestres presenta conducta calificada como muy buena. Manifiesta que le fue otorgado el beneficio de salida controlada al medio libre con fecha 11 de febrero de 2022, pudiendo egresar de la unidad penal de lunes a viernes a trabajar, además, con fecha 24 de abril del 2022 se le concedió el beneficio de salida dominical. Destaca que en el ámbito laboral, el interno se desempeñó en diversas áreas según la oferta laboral disponible, ha realizado actividades voluntarias con el fin de utilizar su tiempo libre en actividades pro sociales, y actualmente se ha reinsertado de manera efectiva en el medio libre, toda vez que se desempeña en empresa Constructora ICF SPA como jornal en la especialidad de logística, con contrato de trabajo. En cuanto al ámbito educacional, expl
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que se trata de un interno que evidencia problemas de adherencia a las normas, según se reseñó en el motivo segundo, requiriendo que se continuidad a su proceso de reinserción que le permitan adquirir herramientas que lo alejen de presiones transgresoras. Sexto: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Séptimo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Ángel Luis Viacava Espinoza, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2406-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Romina Riveros Orozco, domiciliada para estos efectos en Monjitas 392, comuna de Santiago, quien interpone recurso de amparo en favor de Ángel Luis Viacava Espinoza, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en cont
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