TORRES MONTESINOS FERNANDO ENRIQUE/GENDARMERÍA DE CHILE - COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
24 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Esperanza Montesinos Carrasco interpone acción de amparo en favor de Fernando Enrique Torres Montesinos, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 1, en contra de Gendarmería de Chile, por haber incurrido ésta en un acto ilegal al no postularlo al beneficio de la libertad condicional. SEGUNDO: Que informa Gendarmería de Chile que el Tribunal de Conducta de la Unidad Penal del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, resolvió postular al amparado al proceso de libertad condicional, la que fue rechazada por la Comisión de Libertad Condicional. TERCERO: Que informa el Ministro Alejandro Aguilar Brevis, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, que por resolución de 14 de abril pasado, se resolvió, por unanimidad, rechazar la concesión del beneficio impetrado respecto del amparado. Indica que se señaló que de la revisión de los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, antecedentes pretéritos e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente documentación de respaldo, si bien se pudo comprobar que el postulante cumplía los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, la misma documentación daba cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejaron, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. Precisa que se indicó “En efecto, entre los documentos analizados por esta Comisión es posible advertir que el postulante si bien cuenta con uno de los tres beneficios intrapenitenciarios, de salida dominical, haciendo un buen uso del mismo, falta obtener la salida de fin de semana y controlada al medio libre, además, cuenta con un nivel de riesgo de reincidencia “MEDIO” desde una perspectiva del análisis de la conducta transgresora el condenado “se posiciona en etapa de preparación para la acción”, “siendo necesario mantener una supervisión y refuerzo constante en su proceso psicosocial, en los contextos donde pueda encontrase previo al egreso de su condena”. Los aspectos antes mencionados, demuestran que por ahora, existen escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por probado avances en su proceso de reinserción social, como lo exige el Decreto Ley N° 321”. Señala que por error de transcripción en la resolución antes citada se señaló que el interno gozaba del beneficio intrapenitenciario de salida dominical, circunstancia que no se corresponde con los antecedentes remitidos por Gendarmería de Chile, donde consta que –a la fecha de su postulación- el postulante no tiene ninguno de los beneficios intrapenitenciarios establecidos en el Decreto N° 518. Indica que con la finalidad de subsanar el error advertido y de ponderar correctamente los antecedentes del postulante, se ha dispuesto co
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Fernando Enrique Torres Montesinos, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1138-2022. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señor Joel Arturo González Castillo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinticuatro de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Esperanza Montesinos Carrasco interpone acción de amparo en favor de Fernando Enrique Torres Montesinos, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 1, en contra de Gendarmería de Chile, por haber incurrido ésta en un acto ilegal al no postula
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica