CASTILLO SANDOVAL JUAN/MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rol
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Carolina Álvarez Bastidas, domiciliada en Avenida Pedro Montt Nº 1725, Santiago, por el condenado Juan José Eugenio Castillo Sandoval, quien se encuentra privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur, y deduce la acción constitucional de amparo en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos por el Decreto Exento 1449/2022, de 8 de Junio de 2022, el que rechazó al amparado el beneficio de reducción de condena, conforme a la Ley Nº 19.856, por aplicación de la Ley Nº 21.421, dictada con una fecha posterior a su condena. Explica que, el 21 de noviembre de 2015, el amparado fue sentenciado a la pena de 10 años y 1 día por los delitos de abuso sexual reiterado y violación de menor de 14 años. El término de la condena está previsto para el día 14 de septiembre de 2023, sin embargo, sostiene que en consideración a su conducta sobresaliente y habiendo cumplido la mitad de la condena la Comisión de Beneficio de Reducción de Condena, en noviembre de 2021, resolvió administrativamente la reducción de la condena y conforme a dicha resolución se estableció como nueva fecha de cumplimiento el 14 de junio de 2022. Sin embargo, al contrario de lo resuelto por la Comisión, el Ministerio de Justicia por medio del Decreto Exento 1449/2022, de 08 de junio de 2022, rechazó la aplicación de dicha rebaja aduciendo la aplicación de la Ley Nº 21.421, de fecha 09 de febrero de 2021, que excluye de los beneficios regulados en la Ley Nº 19.856 a quienes hayan cometido delitos sexuales en contra personas menores de edad. Reclama que, la resolución impugnada vulnera el principio de irretroactividad de la ley perjudicando al amparado al impedirle recuperar su libertad antes de la fecha de cumplimiento de la condena. Previa citas legales y constitucionales, solicita que se acoja el recurso y se ordene revocar el referido Decreto, disponiendo en su reemplazo otorgar el beneficio de reducción de condena a
Fallo
fallo ingreso corte Nº933-2022 de esta Corte y las sentencias Nº11565-2022, Nº12595-2022 y Nº13257-2022 de la Corte Suprema. Por último, sostiene que, en todo caso las modificaciones introducidas por la mencionada ley se encontraban vigentes a la época en que se solicitó el beneficio por parte de amparado, en consecuencia, la causal de exclusión resulta plenamente aplicable. Tercero: Que, el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada acción de amparo y dispone, en lo pertinente, que: “Todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí , o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”. De igual forma, el inciso tercero de dicho precepto señala que “El mismo recurso, y en igual forma, podrá ser deducido en favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. La respectiva magistratura dictará en tal caso las medidas indicadas en los incisos anteriores que estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado”. Cuarto: Que, no existe controversia sobre los siguientes hechos: 1.
Texto Completo (Preview)
Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece doña Carolina Álvarez Bastidas, domiciliada en Avenida Pedro Montt Nº 1725, Santiago, por el condenado Juan José Eugenio Castillo Sandoval, quien se encuentra privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Santiago Sur, y deduce la acción constitucional de amparo en contra del Mi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica