MEDINA CORTES JORGE LUIS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL - GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Jorge Luis Medina Cortés, actualmente cumpliendo condena en causa criminal RUC 1700941727-3, RIT 4701- 2017, seguida ante el 12° Juzgado de Garantía, quien deduce Acción Constitucional de Amparo en contra de GENDARMERÍA DE CHILE (Centro Penitenciario Santiago Sur), ya que se adoptó por parte de dicha Unidad Penal la medida de restar del proceso de Libertad Condicional relativo al primer semestre del año 2022 ello sin ajustarse a la normativa aplicable, por lo que su privación de Libertad se torna arbitraria e ilegal. Indica que se encuentra cumpliendo una condena de nueve años de presidio mayor en su grado mínimo y multa de cuarenta unidades tributarias mensuales, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, en causa criminal RUC 1700941727-3, RIT 4701-2017, seguida ante el 12° Juzgado de Garantía, como autor del delito de tráfico ilícito de drogas, perpetrado en el kilómetro 17 de la Ruta 68 el 6 de octubre de 2017, condición que le permite cumplir con el requisito solicitado por ley, cual es, haber sido condenado a una pena privativa de Libertad de más de un año de duración. Explica que, de acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, registra como fecha de inicio de condena el día 18 de abril de 2019, estimándose como fecha de término en el año 2028. El total de su condena es de 9 años, contando a la fecha 1695 días, es decir, 4 años, 7 meses, y 22 días dando cumplimiento a su sentencia. Agrega que otro requisito objetivo solicitado por Ley, es haber observado conducta intachable intrapenitenciaria, el que cumple por cuanto su conducta ha sido evaluada con la calificación máxima, (Muy Buena) en la mayor parte de la condena impuesta, siendo esta mayormente sobresaliente, lo cual puede ser ratificado con el informe de conducta del sentenciado y que cuenta
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido por el condenado Jorge Luis Medina Cortés en contra de Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2323-2022 Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral, e integrada, además, por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo y el abogado integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé. En Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Comparece Jorge Luis Medina Cortés, actualmente cumpliendo condena en causa criminal RUC 1700941727-3, RIT 4701- 2017, seguida ante el 12° Juzgado de Garantía, quien deduce Acción Constitucional de Amparo en contra de GENDARMERÍA DE CHILE (Centro Penitenciario Santiago Sur), ya que se adoptó
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