COMPAÑÍA DE SEGUROS DE CRÉDITO CONTINENTAL S.A./LÓPEZ
Rol
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
ANULA DE OFICIO
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente que conforme al artículo 2446 del Código Civil el objeto del contrato de transacción es terminar extrajudicialmente un litigio pendiente o precaver un litigio eventual, por lo que necesariamente debe analizarse la existencia de la transacción en el litigio en el que se invoque, procedía que el tribunal a quo le diera a la presentación del ejecutado la tramitación incidental necesaria para resolver al respecto. En tales condiciones, y conforme con las facultades oficiosas que concede el artículo 84 del Código de Procedimiento Civil, procede dejar sin efecto la resolución de fecha ocho de abril del año en curso que rechazó las excepciones de transacción y pago parcial, retrotrayéndose la causa al estado de conferir traslado de las presentaciones del ejecutado, y resolver como en derecho corresponda por el juez o jueza no inhabilitado (a) que proceda. Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE ANULA DE OFICIO la resolución apelada de fecha ocho de abril del año en curso, dictada en causa Rol C-2565-2021 del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, retrotrayéndose la causa al estado de conferir traslado de las presentaciones del ejecutado, y resolver como en derecho corresponda por el juez o jueza no inhabilitado (a) que proceda. Regístrese y comuníquese. Rol 544-2022 (Civil)
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, SE ANULA DE OFICIO la resolución apelada de fecha ocho de abril del año en curso, dictada en causa Rol C-2565-2021 del Segundo Juzgado de Letras en lo Civil de Antofagasta, retrotrayéndose la causa al estado de conferir traslado de las presentaciones del ejecutado, y resolver como en derecho corresponda por el juez o jueza no inhabilitado (a) que proceda. Regístrese y comuníquese. Rol 544-2022 (Civil)
Texto Completo (Preview)
//pms Antofagasta, a veintitrés de junio de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo únicamente presente que conforme al artículo 2446 del Código Civil el objeto del contrato de transacción es terminar extrajudicialmente un litigio pendiente o precaver un litigio eventual, por lo que necesariamente debe analizarse la existencia de la transacción en el litigio e
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