PASTEN BASULTO JOHN MAIKOL /COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Fabián Lobos Moreno, quien deduce recurso de amparo en favor de John Maikol Pasten Basulto, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del rechazo de su postulación al beneficio de libertad condicional, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 8 años por el delito de homicidio simple. Registra como fecha de inicio de la condena el 25 de septiembre de 2015, y su término se estima para el 25 de marzo de 2023, por cuanto le fue concedida una rebaja de condena. Señala que el tiempo de postulación a la libertad condicional se cumplió el 25 de septiembre de 2019. Agrega que en los últimos seis bimestres presenta conducta calificada como muy buena. Sostiene que la decisión de la recurrida es arbitraria e ilegal, por cuanto no es efectivo que no haya tenido avances en su proceso de reinserción social, sin que se haya hecho referencia a estas actividades en la resolución de la Comisión. Solicita se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado y que ésta le sea concedida. Segundo: Que informa la Comisión de Libertad Condicional y expone que por unanimidad de sus miembros se resolvió no otorgarle el beneficio al amparado, teniendo en consideración lo siguiente: “Que el interno JOHN MAIKOL PASTEN BASULTO, ha sido postulado al beneficio de libertad condicional por el Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en el proceso correspondiente al primer semestre del año en curso. Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consoli
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que el interno tiene un alto compromiso delictual, alto riesgo de reincidencia y de necesidades criminológicas a intervenir, conforme ya fue reseñado en el considerando segundo, en especial, considerando que presenta trayectoria delictiva desde temprana edad, careciendo de referentes significativos presentes durante su proceso de crecimiento, situación gatillante de vinculaciones afectivas de riesgo, con asociación a pares, deserción escolar, consumo de drogas, descontrol de impulsos, satisfacción inmediata y escaso nivel de análisis para medir las consecuencias de sus actos Sexto: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Séptimo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de John Maikol Pasten Basulto, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-2345-2022.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que, se anunció para alegar, escucha relación y alega por el recurso de amparo el abogado don Fabián Lobos. Santiago, 23 de junio de 2022. Consuelo Escobar Rivera Relatora C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintidós. Proveyendo al escrito folio 6, a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Fabián Lobos Moreno, quien d
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