ROJAS CUEVAS DIEGO MATIAS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
23 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Naranjo Robles quien deduce recurso de amparo en favor de Diego Matías Rojas Cuevas, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del rechazo de su postulación al beneficio de libertad condicional, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años un día por el delito de robo con intimidación. Registra como inicio de la condena el 10 de junio de 2019 y de término el 10 de junio de 2024. Señala que cumple con todos los requisitos para ser postulado al beneficio de libertad condicional Sostiene que el acto es ilegal y arbitrario, por cuanto no se ha dado respeto a la normativa contenida en el Decreto Ley 321 y en la Ley 19.880. Solicita se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado y que ésta le sea concedida. Segundo: Que informa la Comisión de Libertad Condicional y expone que por unanimidad de sus miembros se resolvió no otorgarle el beneficio al amparado, teniendo en consideración lo siguiente: “Que el interno, DIEGO MATÍAS ROJAS CUEVAS, ha sido postulado al beneficio de libertad condicional por el Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en el proceso correspondiente al primer semestre del año en curso, no existiendo postulaciones previas. Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, por un delito de Robo con intimidación (cumpliendo la condena de cinco años y un día), e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondiente do
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que el interno presenta un mediano compromiso delictual y nivel de reincidencia medio, conforme ya fue reseñado en el considerando segundo, en especial, considerando que mantiene dificultades en las habilidades de autocontrol y resolución de problemas, posee una conciencia del delito moderado, y una conciencia de daño leve con escasas referencias a las víctimas. Sexto: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Séptimo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Diego Matías Rojas Cuevas, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-2344-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Jorge Naranjo Robles quien deduce recurso de amparo en favor de Diego Matías Rojas Cuevas, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones
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