SIN INFORMACION

MORENO ZUÑIGA JOSE FELIPE/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

23 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que recurrió de amparo constitucional Carlos Ignacio Vera Campos, abogado, en favor de los intereses de José Felipe Moreno Zúñiga, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del amparado al beneficio de libertad condicional, conforme a resolución dictada en abril de 2022, lo que afecta y perturba su garantía constitucional de la libertad personal consagrada en el artículo 19 N° 7 de la Constitucional Política de la República. Indica que el amparado cumple la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, en calidad de autor del delito consumado de tenencia ilegal de arma de fuego y municiones, la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor a su grado medio, como autor del delito consumado de tráfico ilícito de pequeñas cantidades de drogas, tipificado y sancionado en el artículo 4° de la Ley N° 20.000, y la pena de quinientos cuarenta y un días de presidio menor a su grado medio, como autor del delito, de tenencia ilegal de municiones, todos ilícitos perpetrados el día 14 de junio de 2017, en la Comuna de San Bernardo, lo anterior, conforme sentencia de término dictada en causa RUC N° 1601129553- 7, RIT N° 113-2018 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Bernardo, condena que inició el día 14-06-2017, la cumple el día 02-06-2023, el tiempo mínimo para postular al beneficio penitenciario de libertad condicional, lo cumplió el día 07-06-2021. E indica los términos en que fue rechazado el beneficio de libertad condicional para el amparado. Solicita acoger la acción de amparo ordenando dejar sin efecto el acto arbitrario impugnado y disponer se conceda la libertad condicional del amparado, de conformidad al procedimiento establecido en el D.L N° 321 y su Reglamento. Segundo: Que, informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señalo que por resolución de 14 de abril de este año se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Señaló que revisados los antecedentes del amparado “se puede comprobar que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, sin embargo, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, el postulante presenta un alto riesgo de reincidencia, exhibiendo incursión en el consumo de sustancias ilícitas, vinculándose con pares infractores, cometiendo dos delitos de tráfico de drogas, además de porte ilegal de armas y municiones. Tampoco presenta suficiente conciencia frente al delito o el daño ocasionado a las víctimas, observándose baja existencia de remordi

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de José Felipe Moreno Zúñiga, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2240-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintidós. Al folio 6, a todo, téngase presente. Visto y considerando: Primero: Que recurrió de amparo constitucional Carlos Ignacio Vera Campos, abogado, en favor de los intereses de José Felipe Moreno Zúñiga, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado la postulación del a

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