SIN INFORMACION

TOBAR/BICE VIDA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A.

Rol

Fecha

23 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. 2°) Que de los hechos expuestos en la presentación, en relación con lo señalado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, se colige que la acción presentada no reúne los requisitos que permitan declarar su admisibilidad ya que adolece de manifiesta falta de

Fundamentos

fundamentos para recurrir por esta vía excepcional y extraordinaria ante esta Corte de Apelaciones, ello teniendo en especial consideración que la circunstancia descrita de forma idéntica, correspondiendo a los mismos hechos y partes, ya fue sometida al conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, ello según se observa en los autos Rol Protección N° 68288-2022, la que fue objeto de resolución de término firme y ejecutoriada, examen de admisibilidad que el numeral 2° del Auto Acordado Sobre Tramitación y

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de Garantía Constitucionales permite realizar a estos sentenciadores, razones todas por las cuales se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-3444-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, veintitrés de junio de dos mil veintidós. Respecto de la admisibilidad del recurso. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en e

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