SIN INFORMACION

VILLAGRÁN/SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

17 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, comparece doña Ana Luisa Villagrán Veloso, y deduce recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada legalmente por doña Patricia Soto Altamirano. Funda su requerimiento en que con fecha 08 de octubre de 2020, la Superintendencia de pensiones a través de la Comisión Médica Central emitió la resolución C.M.C. 10290/2020, la cual en su parte resolutiva acuerda: “Aceptar el reclamo, revocar el Dictamen N° 010. 1605/2020, de la COMISIÓN MÉDICA CONCEPCIÓN, del 17/03/2020, y resolver que procede otorgar Invalidez Parcial Transitoria. La invalidez, para los efectos del goce de la pensión respectiva, se devenga a contar del 26/11/2019, fecha de presentación de la solicitud de pensión, o a contar del día siguiente del término de la licencia médica vigente a la fecha en que quede ejecutoriado el dictamen, según corresponda.” Agrega como “Observación: Su incapacidad global alcanza 55%. Fecha de notificación 27 de octubre de 2020”. Refiere que no existiendo ninguna incompatibilidad legal entre una pensión de invalidez, total o parcial, y un trabajo remunerado, la recurrente continuó laborando con su capacidad residual del 45%. Explica que con fecha 17 de diciembre de 2020, la recurrente, presentó licencia médica N°46732038-6, extendida por el médico Neurólogo don Walter Rivas Weber, con reposo de 30 días, con diagnóstico de “Trastorno de disco cervical con radioculopatía”. Con fecha 22 de diciembre de 2020, la Isapre Banmédica rechaza la licencia médica porque “No procede reposo por incapacidad temporal en enfermedad irrecuperable”. Con esta misma fecha se rechaza la licencia médica por parte del Compin. Con fecha 14 de enero de 2021, la recurrente, presentó licencia médica N° 47566174-5, extendida por el médico Neurólogo don Walter Rivas Weber, con reposo por 30 días, con diagnóstico de “Compresiones de las raíces y plexos nerviosos en trastornos de los discos intervertebrales (m50-m51?)”. Con fecha 19 de enero del 2021, la Isapre Banmédica rechaza esta licencia médica señalando “No procede reposo por incapacidad temporal en enfermedad irrecuperable”. Con la misma fecha de 19 de enero el rechazo es ratificado por el Compin. Con fecha 14 de enero de 2021, la recurrente, presentó licencia médica N° 48805764-2, extendida por el médico Neurólogo don Roberto Vigueras Aguilera, con reposo por 30 días, con diagnóstico de “Trastorno de disco lumbar y otros”. Como antecedentes clínicos se señala “ya pensionada por lesión cervical, actualmente en tratamientos por lesiones degenerativas lumbares avanzadas”. Con fecha 22 de febrero de 2021, la Isapre Banmédica rechaza la licencia médica señalando como motivo para ello: “No procede reposo por incapacidad temporal en enfermedad irrecuperable. no procede licencia médica por estar pensionado y no haber ejercido nuevas funciones con su capacidad residual de trabajo”. Con la misma fecha, es decir, 22 de febrero de 2021, se ratifica el rechazo de la

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza la acción constitucional interpuesta por doña Ana Luisa Villagrán Veloso en contra de la Superintendencia de Seguridad Social. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del abogado integrante señor Cristián Lepin Molina. NºPro-38.949-2021.

Texto Completo (Preview)

Santiago, diecisiete de junio de dos mil veintidós. Vistos y considerando: Primero: Que, comparece doña Ana Luisa Villagrán Veloso, y deduce recurso de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), representada legalmente por doña Patricia Soto Altamirano. Funda su requerimiento en que con fecha 08 de octubre de 2020, la Superintendencia de pensiones a través de la Comi

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