ARENAS VELOZO CRISTOPHER JONATHAN/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
17 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece don Ricardo González Ciudad, defensor penal público penitenciario, en favor del amparado don Cristopher Jonathan Arenas Velozo, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional por el acto ilegal y arbitrario de rechazo de conceder la libertad condicional al amparado, y pide se conceda el beneficio a su representado asegurando la debida protección a su derecho fundamental de libertad personal. Invoca como antecedentes de hecho que el amparado cumple condena de 4 años por el delito de receptación, conocido por el Juzgado de Garantía de Garantía, en causa Ruc 1600927491-3 y una pena de 41 días por infracción al artículo 445 del Código Penal. Inició su condena el 19 de mayo de 2021 y el término está previsto para el 29 de mayo de 2024, por lo que tiene derecho a postular a la libertad condicional. Sin perjuicio de reunir los requisitos previstos en la Ley en la materia, la Comisión resolvió denegar la libertad condicional, mediante resolución de la que ignora la fecha y contenido, lo que le permite dudar de la observancia a requisitos contemplados en la ley, lo que evidentemente resulta ilegal y arbitrario vulnerando el derecho a la libertad personal y seguridad individual de su representado, por lo que pide se acoja el recurso y se conceda en favor del amparado la debida protección a su derecho a la libertad, disponiendo, como medida para el restableciendo el imperio del derecho se remita toda la información carcelaria relativa al amparado, y en su mérito la concesión de la libertad condicional. Segundo: Que informando don Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, expuso que por resolución de 14 de abril del presente se resolvió por unanimidad rechazar la postulación del amparado al beneficio solicitado, toda vez que si bien el postulante ha permane
Fundamentos
fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, la evaluación observa que mantiene un bajo nivel de reflexión respecto al delito además de tener dificultades para resolver conflictos lo que, impidió a la Comisión tener por probado que haya evidenciado avances en su proceso de reinserción, como lo exige el Decreto Ley N° 321. Sexto: Que, de lo consignado en el motivo anterior, a la luz del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional impetrada por el condenado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado no era merecedor de esta prerrogativa. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad. Séptimo: Que, en este sentido el peritaje psicosocial, acompañado por el recurrente a folio 5, no logra desvirtuar la conclusiones del informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile considerando que este último fue elaborado con un mayor tiempo de análisis y enfocado en determinar las posibilidades de lograr una reinserción adecuada.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de don Cristopher Jonathan Arenas Velozo y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2200-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de junio de dos mil veintidós. Al folio N° 7: téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece don Ricardo González Ciudad, defensor penal público penitenciario, en favor del amparado don Cristopher Jonathan Arenas Velozo, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo
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