16º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MORENO GONZÁLEZ GONZALO/ BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES LTE

Rol

Fecha

17 de junio de 2022

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

REVOCADA

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de fecha 28 de agosto de 2019, declarándose que se rechaza la demanda en todas sus partes, sin costas. Regístrese y devuélvase. Redacción del abogado integrante Eduardo Jequier Lehuedé. N°Civil-12795-2019. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis y por el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé. No firma el Ministro señor Zepeda por encontrarse ausente.

Fundamentos

considerandos Décimo y siguientes, que se eliminan, Y se tiene además presente, 1º.- Que la parte demandada acompañó al proceso, con citación, diversas piezas escaneadas del expediente electrónico correspondiente a la causa rol C- 3909- 2012, del 2° Juzgado Civil de Santiago, caratulada “Banco de Crédito e Inversiones con Moreno”, seguida entre las mismas partes, incluyéndose entre dichas piezas la sentencia definitiva de fecha 29 de julio de 2013, que rechazó las excepciones allí opuestas por el ejecutado don Gonzalo Moreno González. 2º.- Que los documentos antes referidos no fueron objetados por la demandante, por lo que, tratándose de copias de instrumentos públicos y en conformidad al artículo 342 Nº3 del Código de Procedimiento Civil, deben ser considerados como instrumentos públicos en juicio. 3º.- Que según se desprende del tenor de la sentencia antes mencionada, el Banco de Crédito e Inversiones demandó ejecutivamente el pago del pagaré que titulariza las obligaciones de pago que refiere la demandante en esta causa, ejerciendo

Fallo

por tanto, en dicho proceso, la acción cambiaria cuya prescripción extintiva se postula en autos. 4º.- Que por lo dicho, y considerando que en la ejecución antes referida la parte ejecutada no opuso la excepción de prescripción y que, además, las que opuso fueron rechazadas, resulta del todo improcedente la pretensión planteada en esta causa, en orden a declarar prescrita una acción cambiaria que ya fue ejercida por el banco demandado. Por esta vía, además, la parte demandante procura revivir en esta sede ordinaria una materia propia del ámbito jurídico-material de la causa ejecutiva ya referida, por lo que su demanda en tal sentido no puede prosperar. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la sentencia apelada de fecha 28 de agosto de 2019, declarándose que se rechaza la demanda en todas sus partes, sin costas. Regístrese y devuélvase. Redacción del abogado integrante Eduardo Jequier Lehuedé. N°Civil-12795-2019. Pronunciada por la Séptima Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Jorge Zepeda Arancibia e integrada por el Ministro señor Alejandro Aguilar Brevis y por el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé. No firma el Ministro señor Zepeda por encontrarse ausente.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de junio de dos mil veintidós. Vistos, Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos Décimo y siguientes, que se eliminan, Y se tiene además presente, 1º.- Que la parte demandada acompañó al proceso, con citación, diversas piezas escaneadas del expediente electrónico correspondiente a la causa rol C- 3909- 2012, del 2° Juzgado Civil

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