JUZGADO DE GARANTIA DE PUERTO MONTT

MP C/ MAYCOL DAVID URIBE MANSILLA

Rol

Fecha

16 de junio de 2022

Materia

ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos El mérito de los antecedentes y lo discutido en audiencia por los intervinientes, teniendo especialmente en consideración que el Código Procesal Penal regula las funciones de la policía en relación a la investigación de hechos punibles y le entrega un cierto nivel de autonomía para desarrollar actuaciones que tiendan al éxito de la investigación. Tal regulación, en todo caso, contempla como regla general de la actuación de la policía la de realizarse bajo las órdenes o instrucciones del Ministerio Público y como excepción, su desempeño autónomo en la ejecución de pesquisas y detenciones en precisos y determinados casos delimitados claramente por el legislador, que incluso ha precisado un límite temporal para su vertiente más gravosa, las detenciones, con el objeto de eliminar o reducir al máximo la discrecionalidad en el actuar policial del que se derive una potencial restricción de derechos. Que en la especie el control de identidad practicado a los encartados tuvo su origen en la denuncia previa realizada por las víctimas, sin perjuicio de ello las diligencias investigativas posteriores, distintas a la indagación de la identidad y atendido el estatuto especial que rige respecto de los adolescentes, requiere imperativamente de instrucción fiscal, lo que no se verifica en el caso sublite. Que, en esas condiciones, la actuación llevada a cabo por los funcionarios policiales contravino lo dispuesto en los artículos 83 y 85 del Código Procesal Penal en relación a lo dispuesto en el artículo 31 de la ley 20.084 sobre responsabilidad penal adolescente. Por estas consideraciones y lo dispuesto en las disposiciones legales se confirma la resolución de fecha 24 del presente, dictada por Miguel Angel Garcia Herrera, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la ilegalidad de la detención respecto de Maycol David Uribe Mansilla y Jhon Antonio Millalon Ruiz. Redacción a cargo del Abogado integrante don Javier Niklitschek Roa. No firma la Minis

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en las disposiciones legales se confirma la resolución de fecha 24 del presente, dictada por Miguel Angel Garcia Herrera, Juez Titular del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, que decretó la ilegalidad de la detención respecto de Maycol David Uribe Mansilla y Jhon Antonio Millalon Ruiz. Redacción a cargo del Abogado integrante don Javier Niklitschek Roa. No firma la Ministra doña Ivonne Avendaño Gómez, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por encontrarse en comisión de servicio. Comuníquese y devuélvase por interconexión Rol Penal N° 313-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dieciséis de junio de dos mil veintidós Vistos El mérito de los antecedentes y lo discutido en audiencia por los intervinientes, teniendo especialmente en consideración que el Código Procesal Penal regula las funciones de la policía en relación a la investigación de hechos punibles y le entrega un cierto nivel de autonomía para desarrollar actuaciones que tiendan al éxito de la inves

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