SIN INFORMACION

MARIA ELIZABETH FUENTES DELGADILLO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

16 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece la defensora penal penitenciaria Solange Pamela Vega Cornejo, deduciendo recurso de amparo en favor de María Elizabeth Fuentes Delgadillo, cédula nacional de identidad Nº 14.866.406-4, actualmente interna en el Centro Penitenciario Femenino de Santiago, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que no otorgó el beneficio de libertad condicional de su representada. Explica que la persona en cuyo favor recurre se encuentra cumpliendo una pena de 6 años como autora del delito de tráfico ilícito de drogas, registrando como fecha de inicio de condena el 7 de mayo de 2018 y estimándose su término el 7 de mayo de 2024. Así, el tiempo mínimo de condena lo cumplió el 7 de mayo del año en curso. Indica que la conducta de la interna referida a los últimos dos años ha sido sobresaliente, razón por la que acumula 4 meses de rebaja de condena, y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, éste le fue denegado ilegal y arbitrariamente. Refiere que el informe de postulación psicosocial de libertad condicional elaborado por Gendarmería de Chile, omite información y antecedentes favorables a la interna y es insuficiente como método de designar su nivel de reincidencia ante la opción de continuar su cumplimiento de condena en medio libre. En efecto, el informe social elaborado por doña Erika Oliva Plaza, Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, destaca que la amparada terminó sus estudios intramuros el año 2021, ha participado de diversos talleres y forma parte del Programa para Personas Privadas de Libertad desde el año 2019. Asimismo, dentro del recinto penitenciario trabaja el taller de tejidos San Joaquín en donde realiza tejidos “Amigurumi” desde mediados de 2019 a la fecha. Desde marzo del año en curso participa en el Programa de Reinserción social “Construyo mi Futuro”, habiendo cursado 2 de 8 talleres. Su proyecto vital está orientado a retornar a Bolivia, país en el q

Fallo

por lo expuesto, el acto no es ilegal toda vez que la resolución que se pronunció sobre la solicitud de libertad condicional de la recurrente fue dictada por autoridad competente, en el ejercicio de las funciones encomendadas por la ley, y con el suficiente mérito para ello, encontrándose debidamente fundamentada, por lo que el presente arbitrio no puede prosperar. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo interpuesto a favor de María Elizabeth Fuentes Delgadillo, Regístrese, notifíquese y archívese si no se apelare. N° 404-2022 Amparo.

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó por el recurso la abogada doña Solange Vega Cornejo, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 11:21 horas y terminó a las 11:29 horas. San Miguel, 16 de junio de 2022. Camila Galle Aravena. Relatora. San Miguel, dieciséis de junio de dos mil veintidós. Al folio 53.453: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica