C/ SERGIO CARLOS DAHRBACUN CAUCAO. DTE. M.P.
Rol
Fecha
16 de junio de 2022
Materia
MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Teniendo presente que el supuesto fáctico en que el Ministerio Público sostiene su apelación, esto es, la concurrencia de la circunstancia agravante especial de la letra h) del artículo 19 de la Ley N°20.000 en este estadio procesal, no aparece suficientemente justificada, y considerando, en consecuencia, estos sentenciadores que, tal como sostuvo el juez a quo, no se verifica en la especie el requisito establecido en la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal al haber variado las circunstancias que sustentaron la necesidad de cautela apreciada al momento de decretar la medida de prisión preventiva, lo que hace procedente su cese, y de conformidad a lo dispuesto en los artículos 149, 155, 358 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha quince de junio de dos mil veintidós, transcrita en la carpeta digital, que dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Sergio Carlos Dahrbacun Caucao. Comuníquese por la vía más rápida al Tribunal a quo a fin de que se disponga el egreso del imputado, debiendo quedar afecto a las medidas cautelares de las letras c) y d) del artículo 155 del Código Procesal Penal decretadas por el Tribunal a quo. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Eduardo Silva Jerez. Devuélvase vía interconexión. Rol N°751-2022 Penal.-
Texto Completo (Preview)
La Serena, dieciséis de junio de dos mil veintidós. Siendo las 09:49 horas, ante la Primera Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por el Ministro titular señor Christian Le-Cerf Raby, e integrada por el Ministro Titular señor Felipe Pulgar Bravo y el abogado integrante señor Fernando Roco Pinto, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio
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