INVERSIONES TRES CUMBRES LIMITADA CON SERVICIO IMPUESTOS INTERNOS ORIENTE- (LTE) - VUELVE A TABLA
Rol
Fecha
16 de junio de 2022
Materia
LIQUIDACIÓN
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1°) Que los argumentos expuestos en el recurso de apelación deducido por la parte del reclamante, no logran desvirtuar lo que viene decidido por el tribunal a quo, de manera tal que corresponde mantener la decisión de primera instancia, en tanto el contribuyente no satisfizo la carga probatoria que le impone el artículo 21 del Código Tributario con los elementos de convicción que el sentenciador correctamente valora. 2°) Que, de todas formas, y de conformidad a lo que dispone el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, se aprecia que la parte reclamante ha tenido motivo plausible para litigar, por lo que corresponde eximirla de las costas a las que fue condenada en la sentencia. Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140 siguientes del Código Tributario, se revoca la sentencia de veintiocho de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en causa RIT GR – 17-00186-2015, en la parte que condenó a la reclamante al pago de las costas, y en su lugar se decide que se la exime de dicha carga. Se confirma en lo demás la sentencia apelada. Regístrese y comuníquese. N°Tributario Y Aduanero-146-2021.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140 siguientes del Código Tributario, se revoca la sentencia de veintiocho de mayo de dos mil veintiuno, dictada por el Tercer Tribunal Tributario y Aduanero de Santiago, en causa RIT GR – 17-00186-2015, en la parte que condenó a la reclamante al pago de las costas, y en su lugar se decide que se la exime de dicha carga. Se confirma en lo demás la sentencia apelada. Regístrese y comuníquese. N°Tributario Y Aduanero-146-2021.
Texto Completo (Preview)
CERTIFICO: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron, revocando el abogado don José Basoalto y la abogada doña María Paz Quiroz, confirmando. Santiago, 16 de junio de 2022. Consuelo Escobar Rivera Relatora C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de junio de dos mil veintidós. Proveyendo los escritos folios 31 y 32, a todo, téngase presente. Vistos: 1°) Que los argumentos expuestos en el rec
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica