JORQUERA MUÑOZ HECTOR/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
15 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Jonathan Galaz González, defensor penal público penitenciario, por el condenado HECTOR MANUEL JORQUERA MUÑOZ, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 14 de abril del presente año, suscrita por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, mediante la cual decidió rechazar la postulación del amparado, ello sin ajustarse a la normativa vigente, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, solicitando se revoque la resolución señalada y se ordene conceder la libertad condicional al condenado. Invoca como antecedentes de hecho, que el amparado se encuentra cumpliendo la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de receptación de vehículo motorizado, impuesta en causa RUC 1800311816-5, del 5° Juzgado de Garantía de Santiago, y que, de acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, registra como fecha de inicio de condena el 1 de julio de 2021, estimándose como fecha de término el 23 de diciembre de 2022, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 28 de marzo de 2022. Que, igualmente registra antecedentes de muy buena conducta desde el bimestre de julio - agosto de 2021 a la fecha, por cinco bimestres. Que, sin perjuicio de lo anterior, por resolución de 14 de abril del presente año, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar la postulación reproduciendo los
Fundamentos
fundamentos invocados en dicho pronunciamiento. Sostiene que el amparado demuestra avances en su proceso de reinserción social al cumplir todos los requisitos exigidos por el artículo 2 del Decreto Ley 321 de 1925, encontrándose actualmente desarrollando actividad laboral como mozo de casino de oficiales y de encomienda, hace 8 meses aproximadamente. Así mismo, se encuentra cursando 1° y 2° nivel de enseñanza media al interior de la unidad penal, está inscrito en lista de espera para participar en plan de intervención.
Fallo
Por tanto, conforme lo expuesto y lo dispuesto en la Constitución y las leyes que invoca, pide se acoja el recurso en todas sus partes, ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicho beneficio. SEGUNDO: Que informando la Comisión recurrida, mediante su presidente, el ministro Alejandro Aguilar Brevis, expuso que por resolución del 14 de abril del presente se rechazó por unanimidad la postulación del amparado, en razón de que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose los requisitos que establecen los números 1 y 2 del artículo 2 del Decreto Ley citado, la misma documentación da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia que desaconsejan, por ahora, otorgarle el beneficio solicitado. En efecto, el interno es considerado como reincidente criminógeno y legal, respecto del cual requiere intervención en las áreas de estudio, pero principalmente en la actitud y orientación pro criminal, atendido que se advierte una tendencia a representar el mundo alejado de los parámetros socialmente consensuados, ignorando las convenciones sociales que determinan un adecuado empalme en la interacción con otros. Los aspectos antes mencionados, demuestran, por ahora, escasas posibilid
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C.A. de Santiago Santiago, quince de junio de dos mil veintidós. Al folio 6: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece Jonathan Galaz González, defensor penal público penitenciario, por el condenado HECTOR MANUEL JORQUERA MUÑOZ, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la res
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