ALBERTO HUGO JARAMILLO/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
15 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Engelbeth Hernán Luna Bascur, abogado, actuando en representación convencional de don ALBERTO HUGO JARAMILLO, de nacionalidad colombiana, e interpone recurso de amparo en contra del señor Álvaro Bellolio Alvaria, Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones, por haber dictado la Resolución Exenta N°22022900, de fecha 18 de Marzo del año 2022, que rechazó la solicitud de regularización presentada por su representado, siendo esta contraria a derecho, afectando así el derecho constitucional a la libertad personal y seguridad individual del amparado, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la Republica. Funda el recurso expresando que la Resolución Exenta N° 21144932, de 18 de marzo de 2018 rechazó la solicitud de regularización migratoria presentada en proceso extraordinario por el extranjero ALBERTO HUGO JARAMILLO, de nacionalidad colombiana, se sustenta en que no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 8° transitorio de la Ley N° 21.325 y la Resolución Exenta N° 1769, de 2021, por cuanto presenta antecedentes negativos en su país de origen, específicamente: “Registra una condena en Colombia, a la pena de un año de prisión, como autor del delito de infracción a la Ley 30 de 1986, Estatuto Nacional de Estupefacientes, impuesta el año 1991, por el Juzgado Penal del Circuito 1, La Dorada, Caldas.’’, respecto de lo cual esgrime que, no obstante haber cumplido dicha condena, este delito se comete el año 1991, esto es, hace más de 30 años. Explica que mediante certificado del sistema de registro nacional de medidas correctivas RNMC, la Policía Nacional de Colombia informa que la cédula de ciudadanía N° 17328779, la cual corresponde al amparado don ALBERTO HUGO JARAMILLO, informa que “NO TIENE ASUNTOS PENDIENTES CON LAS AUTORIDADES JUDICIALES”, siendo la analogía para nuestro país, que no registra antecedentes. Agrega que este rechazo no afecta las garantías constituc
Fallo
Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, el recurso de amparo interpuesto en favor de don ALBERTO HUGO JARAMILLO en contra del señor Álvaro Bellolio Alvaria, Director Nacional del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2432-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de junio de dos mil veintidós. A los folios 10, 11 y 12: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Engelbeth Hernán Luna Bascur, abogado, actuando en representación convencional de don ALBERTO HUGO JARAMILLO, de nacionalidad colombiana, e interpone recurso de amparo en contra del señor Álvaro Bellolio Alvaria, Director Nac
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