DIAZ SANCHEZ NELSON/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
15 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Jonathan Andrés Galaz González, defensor público penitenciario, en favor de NELSON NICOLAS DIAZ SANCHEZ, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de 14 de abril del presente año de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, por cuanto, al rechazar la postulación del amparado no se ha ajustado a la normativa vigente tornando su privación de libertad en arbitraria e ilegal. Por ello, solicita que se revoque la resolución señalada y se conceda la libertad condicional al amparado. Explica que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de violación propia en causa seguida ente el 4º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, con sentencia dictada con fecha 25 de mayo de 2018. Añade que la condena se inició el día 07 de agosto de 2018 estimándose como fecha de término el día 08 de agosto de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el día 08 de diciembre de 2021. Asimismo, manifiesta que el amparado registra MUY BUENA conducta desde el bimestre de MARZO-ABRIL de 2021 a la fecha, esto es, 7 bimestres. Al respecto, expone que registra 7 meses de reducción de condena debido a su conducta sobresaliente, por lo que adelantó para el día 08 de enero de 2023. Precisando sobre el cumplimiento de los requisitos para postular al beneficio ya referido y a la conducta del amparado, señala que tiene avances en su proceso de reinserción, cumple con el tiempo mínimo de condena y con la calificación de buena conducta como muy buena durante los cuatro bimestres anteriores a su postulación. Añade que, se encuentra inscrito en actividades deportivas dentro de la unidad penal, asimismo, participando en talleres de rugby y cuero, este último por un periodo de 4 años aproximadamente, lo que le ha permitido aprender un oficio para desarrollar extramuro
Fundamentos
fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, si bien el condenado cumple con los presupuestos formales para postular al beneficio, claramente existen factores de riesgo conductuales que demuestran escasas posibilidades de reinsertarse adecuadamente en la sociedad e impiden tener por acreditados avances significativos en su proceso de reinserción social. SÉPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones- conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N°21.124, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. OCTAVO: Que de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de NELSON NICOLAS DIAZ SANCHEZ en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2081-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, quince de junio de dos mil veintidós. Al folio 6: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece don Jonathan Andrés Galaz González, defensor público penitenciario, en favor de NELSON NICOLAS DIAZ SANCHEZ, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la resolución de 14 de abril del presente año de la Comisión de Libertad Condicional
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