SIN INFORMACION

LUIS FAJARDO GARCIA / DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACION DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA DE CHILE

Rol

Fecha

15 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa quienes recurren de protección en favor de Luis Fernando Fajardo García, colombiano, todos domiciliados para estos efectos en José Santos Gonzales Vera #0534, Comuna La Granja; y en contra del Departamento de Extranjería y Migración, dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, por no emitir pronunciamiento sobre su solicitud de permanencia definitiva realizada el 18 de marzo de 2021, omisión arbitraria e ilegal que conculca la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Exponen que el recurrente luego de obtener su visa de residente temporario solicitó el beneficio migratorio de permanencia definitiva el 18 de marzo de 2021. Agregan que no ha recibido ninguna comunicación por parte del recurrido desde esa fecha lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado. Expresan que el acto recurrido tiene efectos permanentes por lo cual la presente acción constitucional ha sido ejercida dentro de plazo. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición de su recurso habían transcurrido más de un año sin que la autoridad administrativa se pronunciara sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la ley 19.880. Solicitan que se acoja el presente recurso ordenando al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva en cuestión, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que informó al tenor del recurso Julián Salviat Silva, abogado del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes. Indica que efectivamente

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido a favor de Luis Fernando Fajardo Garcia, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° 12.011-2022-Protección. Pronunciado por la Primera Sala integrada por los ministros señor Patricio Martínez Benavides, señor Marcelo Ovalle Bazán (I) y el abogado integrante señor Francisco Cruz Fuenzalida.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, quince de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparecen los abogados Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquín Andrés Contreras Roa quienes recurren de protección en favor de Luis Fernando Fajardo García, colombiano, todos domiciliados para estos efectos en José Santos Gonzales Vera #0534, Comuna La Granja; y en contra del Departamento de Extranjería y Mi

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