SIN INFORMACION

SCHULZE / HOSPITAL CLÍNICO DE VIÑA DEL MAR

Rol

Fecha

14 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Germán Erwins Schulze Díaz, chileno, casado, enfermero, cedula de identidad N° 13.019.804-k, con domicilio en Viña Undurraga 2104, Villa Las Viñas, comuna de Quillota, e interpone recurso de protección en contra de Scotiabank Sudamericano, representado legalmente por Francisco Sardón de Taboada, ambos domiciliados en Morande N°226 Santiago; Banco del Estado de Chile, representado legalmente por Jessica López Sofía, ambos domiciliados en Bernardo O’Higgins N°1111, comuna de Santiago; y Hospital Clínico de Viña del Mar, representado legalmente por Carlos Orfali Bejer, ambos domiciliados en Calle Limache N° 1741, comuna de Viña del Mar, por los argumentos de hecho y derecho que expone. Funda su arbitrio en el hecho de haber sido declarada su liquidación voluntaria de bienes, en que los recurridos habrían verificado sus créditos, todo ello ocurrido ante el Juzgado de Letras de Villa Alemana en los autos rol C-1.690-2019. Continúa señalando que la resolución de término de tal liquidación se dictó con fecha 5 de agosto del año 2021, la que quedó ejecutoriada el día 19 de agosto del mismo año según certificado que en dicha causa se expidió, la que fuera notificada a sus acreedores. Enseguida, se refiere que, pese al término del procedimiento concursal, las entidades recurridas habrían desconocido el efecto extintivo de la resolución de término y que incluso empezó a recibir llamadas de cobranza. Continúa explicando que las ejecutivas de cada acreedor le indicaron que aún hay registro de morosidad. Indica que el día 01 de marzo de 2022, luego de lo señalado por la ejecutiva, solicitó un registro comercial a su respecto, “Informe Platinium de Equifax”, y que en ese documento las entidades recurridas informaban las supuestas deudas extinguidas con el término del procedimiento de liquidación voluntaria. Sostiene que el desconocimiento de los efectos de la resolución de término por las recurridas, se refrenda en que a la fecha no ha sido elimina

Fundamentos

CONSIDERANDO: I. En cuanto a la alegación de extemporaneidad deducida por el Banco del Estado de Chile: Primero: Que el acto impugnado por esta vía es la inclusión de morosidades en el informe comercial, sin distinción, por lo que mientras las mismas figuren en el aludido informe, el acto produce efectos permanentes, y ha de entenderse que la acción ha sido interpuesta dentro del plazo de treinta días establecido en el numeral uno del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y

Fallo

por tanto la deuda con los recurridos. Afirma que con la inclusión injusta, ilegal y arbitraria en el registro comercial, se ha afectado su prestigio y crédito público, exponiéndole como un contratante incapaz de cumplir con sus obligaciones, lo que genera un daño reparable sólo por esta vía. Por otra parte, EQUIFAX, ha actuado con la misma ilegalidad y arbitrariedad en el sentido de que tomó la información proporcionada por los recurridos, publicando dicha información en el Informe comercial, obviando cualquier tipo de control de legalidad respecto a la veracidad de dicha información, aun cuando presencialmente informó la situación en sus dependencias. Solicita se ordene a los recurridos Banco Scotiabank, Banco Estado y Hospital Clínico de Viña del Mar, adoptar todas las medidas necesarias, tendientes a eliminar de los registros comerciales y bancarios de su parte, con costas. A folio 4, rola informe del Hospital Clínico Viña del Mar S.A. Señala que la señora Shessy Hernández Ossa fue atendida en el Hospital Clínico Viña del Mar entre los días 04 de julio y 06 del mismo mes, ambos del año 2016, atención que fue garantizada por don German Schulze Díaz mediante la suscripción de un pagaré. La cuenta final por la atención de la paciente antes individualizada fue de $2.652.437, la Isapre Nueva Más Vida, pagó $ 2.103.650, quedando un saldo de $ 548.787, suma que se pactó fuera pagada en tres cuotas mensuales de $182.930, sin que hasta la fecha se haya cancelado alguna de ella

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de junio de dos mil veintidós. VISTO: A folio 1, comparece Germán Erwins Schulze Díaz, chileno, casado, enfermero, cedula de identidad N° 13.019.804-k, con domicilio en Viña Undurraga 2104, Villa Las Viñas, comuna de Quillota, e interpone recurso de protección en contra de Scotiabank Sudamericano, representado legalmente por Francisco Sardón de Taboada,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica