MENDOZA/BANCO SANTANDER - CHILE
Rol
Fecha
14 de junio de 2022
Materia
RECARGOS
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Por sentencia de 11 de mayo de 2022, pronunciada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, se acogió parcialmente la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones laborales deducida por doña Silvia Irene Mendoza Carrillo en contra de Banco Santander Chile, y en consecuencia, ordenó el pago de diversas prestaciones laborales, que se indican determinadamente en el referido laudo. 2.- El abogado Raimundo Tomás Yañez Martínez, en representación del Banco Santander Chile, dedujo recurso de nulidad por la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, en relación con la infracción al artículo 161 inciso 2° y 162 inciso 1°, ambas del cuerpo legal citado, ello en concordancia con los artículos 20 y 23 del Código Civil, desde que, y en síntesis, la vulneración denunciada, se asocia a la exigencia de la Jueza de la causa en torno a entender que el motivo del despido invocado, requiere de fundamentación, por cuanto su omisión importaría la indefensión de la trabajadora, ello acorde con la norma del artículo 454 número 1, inciso segundo, del Código del Trabajo. 3.- A su turno el abogado Claudio Márquez Oyarzún por la demandante, dedujo recurso de nulidad contra la citada sentencia, por las causales conjuntas del artículo 477 y 478 letra e) del Código del Trabajo, desde que considera que, por el primer motivo de nulidad, se han vulnerado los artículo 163, 168 y 1545, éste último del Código Civil, y por la segunda, la letra e) del artículo 478, se ha incurrido en ultra petita, todo lo cual se vincula a la forma como la juez interpretó las disposiciones legales referidas, la que no es correcta, conforme lo plantea el recurrente, y que habría incidido en la regulación del monto de la indemnización, fijando un monto menor al que realmente corresponde. En el mismo sentido y en relación con la letra e) del artículo 478, se sostiene que se consideró para efectos del cálculo, una cláusula contractual no invocada por la parte y que se
Fallo
Se resuelve: I.- Que se acoge el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Raimundo Tomás Yañez Martínez, en representación del Banco Santander Chile, en contra de la sentencia de once de mayo de los corrientes, emanada del Juzgado de Letras del Trabajo de esta ciudad, declarándose la nulidad de la misma por concurrir la causal del artículo 477 en relación con la infracción de los artículos 161 inciso 2° y 162 inciso 1°, ambas disposiciones del Código del Trabajo. II.- Que de la misma manera y no habiéndose emitido pronunciamiento sobre el fondo de la controversia, esto es la procedencia del despido y de las prestaciones reclamadas, acorde con las alegaciones de las partes, se anula la audiencia de juicio, debiendo efectuarse una nueva, ante juez o jueza no inhabilitado, a efectos que se pronuncie sobre los aspectos pertinentes a lo sustantivo de la contienda. III.- Respecto del recurso de nulidad interpuesto por el abogado Claudio Márquez Oyarzun en representación de la parte demandante, deberá estarse a lo resuelto. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del Ministro Sr. Samuel Muñoz Weisz. Rol 103 – 2022 LAB.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, catorce de junio de dos mil veintidós Visto y teniendo presente: 1.- Por sentencia de 11 de mayo de 2022, pronunciada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Valdivia, se acogió parcialmente la demanda por despido improcedente y cobro de prestaciones laborales deducida por doña Silvia Irene Mendoza Carrillo en contra de Banco Santander Chile, y en consecuencia, ordenó el pago de diversas
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica