11º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SAU HUERTA MAYKEL ACUM. ING. CORTE 14646-2020.-

Rol

Fecha

14 de junio de 2022

Materia

MUTUO, COBRO EJECUTIVO DE

Resultado

DE FALLO

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Hechos

C.A. de Santiago Santiago, catorce de junio de dos mil veintidós. -RESPECTO DE LA APELACIÓN INTERPUESTA EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN QUE NEGÓ LUGAR A INCIDENTE DE NULIDAD FORMULADO POR EL ADJUDICATARIO (ingreso rol 14645-2020): Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en análisis, no logran desvirtuar, en concepto de estos jueces, los

Fundamentos

fundamentos tenidos en consideración por el tribunal a quo para resolver de la forma en que lo hizo los que, consecuentemente, se comparten. -RESPECTO DE LA APELACIÓN DEDUCIDA EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN QUE RECHAZÓ OBJECIÓN A LA REGULACIÓN DE LAS COSTAS PERSONALES (ingreso rol 14646-2020): Que las costas personales son las provenientes de los honorarios de los abogados y demás personas que hayan intervenido en el negocio y para su regulación debe tenerse especialmente en consideración la cuantía del asunto debatido, la dificultad de la materia objeto del juicio, el tiempo que debió emplearse en la defensa de la respectiva posición jurídica, la litigiosidad observada en el proceso, la plausibidad de los argumentos esgrimidos por la parte vencida, su aceptación o reconocimiento jurisprudencial y la circunstancia de haber ella resultado total o parcialmente perdidosa, parámetros todos que al ser considerados en este caso ameritan acoger la objeción planteada por el ejecutante y rebajar, subsiguientemente, el monto de las costas personales.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, a lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que se confirma la resolución apelada de fecha tres de diciembre de dos mil veinte, dictada en los autos rol N° C-6061-2019, seguidos ante el Undécimo Juzgado Civil de Santiago. II.- Que se revoca la resolución de fecha once de diciembre de dos mil veinte, dictada en la causa ya singularizada; y en su lugar se declara que se acoge la objeción planteada por el incidentista y que, en consecuencia, se reduce el monto de las costas personales a la suma de cincuenta mil pesos ($50.000). Devuélvase la competencia. N°Civil-14645-2020.

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C.A. de Santiago Santiago, catorce de junio de dos mil veintidós. -RESPECTO DE LA APELACIÓN INTERPUESTA EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN QUE NEGÓ LUGAR A INCIDENTE DE NULIDAD FORMULADO POR EL ADJUDICATARIO (ingreso rol 14645-2020): Atendido el mérito de los antecedentes, lo cierto es que los argumentos de hecho y de derecho que constituyen las alegaciones que se esgrimen en sustento del arbitrio en anál

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