1º JUZGADO CIVIL DE RANCAGUA

KASA KRIS IMPORTACIONES LIMITADA CON KUMAR

Rol

Fecha

14 de junio de 2022

Materia

OTRAS MEDIDAS PREJUDICIALES

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: I.- En cuanto a la apelación de la resolución que decretó el abandono del procedimiento. 1.- Que, en primer lugar, es necesario precisar que la resolución que ordenó practicar la notificación de la sentencia definitiva a la parte demandada, a efectos de proveer la apelación interpuesta en contra de la misma, se dictó con fecha 10 de febrero de 2020, es decir, previo al inicio del estado de excepción constitucional decretado producto de la pandemia por Covid-19, que empezó a regir el 18 de marzo de 2020. 2.- Que asimismo, si bien es un hecho público y notorio que producto de las restricciones de movilidad provocadas por la pandemia por Covid-19, se dificultó la tramitación de los procesos judiciales, lo que incluso motivó la dictación de un Auto Acordado por la Excelentísima Corte Suprema y de la Ley 21.226, esa sola circunstancia no permite concluir que el recurrente haya estado impedido, en términos absolutos, de cumplir con la notificación de la sentencia definitiva al demandado, durante más de un año, más aún si no hizo valer en el proceso algún entorpecimiento concreto que le haya impedido dar curso progresivo a los autos dentro del plazo establecido en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. 3.- Que, por último, cabe señalar que tampoco resulta aplicable en la especie lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 12 de la Ley 21.226, por cuanto, por una parte, este proceso no estuvo paralizado por disposición del artículo 6 de dicha normativa, ni tampoco se demostró por la parte demandante que hubiere estado paralizado por cualquier otra causal producto de la pandemia durante la vigencia del estado de excepción constitucional, todo lo cual justifica confirmar la resolución apelada. II.- En cuanto a la apelación de la sentencia definitiva. Al haberse acogido el abandono del procedimiento, se omitirá pronunciamiento en relación al recurso de apelación deducido en contra de la sentencia definitiva de fecha 23 de enero de 2020. Por lo anterio

Fallo

se resuelve: I.- Que se confirma la sentencia interlocutoria de fecha 18 de enero de 2022 que declaró abandonado el procedimiento, dictada por el Primer Juzgado Civil de Rancagua en causa Rol C-24338-2017. II.- Que se omite pronunciamiento respecto al recurso de apelación deducido en contra de la sentencia definitiva de fecha 23 de enero de 2020. Regístrese y devuélvase. Rol I. Corte 716-2021 Civil (acumulada con Rol Corte 224-2022 Civil)

Texto Completo (Preview)

Rancagua, catorce de junio de dos mil veintidós. Vistos: I.- En cuanto a la apelación de la resolución que decretó el abandono del procedimiento. 1.- Que, en primer lugar, es necesario precisar que la resolución que ordenó practicar la notificación de la sentencia definitiva a la parte demandada, a efectos de proveer la apelación interpuesta en contra de la misma, se dictó con fecha 10 de febrer

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