SIN INFORMACION

LUIS IVAN CARRERA ZELADA/ESCUELA KIMUN LAWAL

Rol

Fecha

14 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Puerto Montt, catorce de junio de dos mil veintidós. Vistos. A folio 1 comparece don Luis Iván Carrera Zelada, quien interpone recurso de protección en favor de su hijo Uriel Carrera Da Silva, en contra de la escuela Kimün Lawal. Expone que su hijo fue matriculado por error en 1° básico, que ahora se dieron cuenta y lo quieren trasladar a kínder, que sería el curso que le corresponde. Sin embargo, su hijo ya se ha adaptado a primero, está en proceso de lectura y escritura y tiene notas en las distintas asignaturas. Agrega que ha conversado con Uriel y él se niega a ir a kínder, ya que se siente menoscabado por ir a un curso menor. Además, no jugará con sus hermanos durante el recreo, siendo su apego con su hermano Leonardo fundamental para su adaptación y creerse mayor por estar aprendiendo a leer y a sumar. Indica que se debe priorizar la salud mental de su hijo por encima de las leyes y que el caso comenzó con errores y lo que quiere el colegio es escaparse de alguna sanción, pero no ve el daño psicológico que se puede causar a su hijo. Pide se lo mantenga en 1° básico. A folio 10, evacua informe el abogado Jorge Barría Ojeda, en representación de la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt, quien explica que la Escuela Kimün Lawal es dependiente del Departamento de Administración de Educación Municipal (DAEM) dependiente, a su vez. de dicha entidad edilicia. Expone que el 1 de marzo de este año, se presentó a la escuela recurrida una solicitud de los padres de Uriel para matricularlo en 1° básico. En dicha oportunidad, el padre refirió que ya había cursado kínder (o segundo nivel de transición) el año 2021, por lo que supuestamente le correspondería cursar 1° básico. Sin embargo, nunca acompañó los antecedentes, por lo que la Escuela tuvo que oficiar al Colegio Bicentenario para cotejar lo referido por los apoderados, enterándose que aquello no era efectivo. Refiere que, entretanto, se acordó con los padres que Uriel se mantendría como oyente en 1° básico, a

Fundamentos

considerando previo, con fecha 19 de abril se informó a los apoderados la existencia de un cupo en kínder, momento desde que Uriel cambió su actitud frente al curso. Vale decir, transcurrió más de un mes y medio en que la recurrida permitió que un niño de 5 años se integrase y adaptase a un curso, a un espacio, a un ambiente, con compañeros y aun con evaluaciones para, luego señalar que no le correspondía estar en ese curso debido a su edad y madurez. Sumado a lo anterior, a partir de los antecedentes de la causa, se infiere que en un inicio la recurrida sí había permitido que Uriel asistiese a 1° básico, exigiendo únicamente que previamente hubiese cursado kínder (o segundo nivel de transición) y sabía -o no podía menos que saber- que Uriel tenía 5 años. Sin embargo, solo una vez que se enteró que el niño no había cursado el segundo nivel de transición; su edad se transformó en el argumento central, según se desprende del informe de protección evacuado, para el cambio de curso. Por tales motivos, la pretensión de trasladar a Uriel a kínder, si bien no es ilegal, sí es arbitraria, al carecer de fundamentos razonables que ponderen el ejercicio efectivo de los derechos de Uriel o su interés superior, por haber permitido la ocurrencia de la situación de autos. A mayor abundamiento, a la fecha de la vista de este recurso, han transcurrido más de 3 meses desde la incorporación de Uriel a primero básico lo que, sin dudas, es un elemento para ponderar en un cambio de curso y de nivel educacional como el que se discute en esta causa. Quinto. Que, conforme se viene razonando, de los antecedentes expuestos aparece claro que la decisión de trasladar al niño de nivel, le significa una afectación psicológica, demostrativa tanto de lo expuesto por el padre en sus diversos escritos, como de lo expuesto en el informe pedagógico de la profesora Daniela Ampuero -ya señalado-, como también del documento denominado “informe”, de fecha 25 de mayo del año en curso, suscrito por la Inspectora General doña Rina Miranda Ubilla. Este documento último describe una situación en la que el padre tuvo que ir a retirar a Uriel, ya que él había salido de la sala de clases y se tapaba los oídos para no obedecer las indicaciones que se le hacían. A todo ello, cabe sumar que Uriel ha tenido que adaptarse ya a varias escuelas, debido al cambio de residencia, según se informa también por la Inspectora General doña Rina Miranda Ubilla en el documento denominado “Transcripción de bitácora”, singularizado con fecha 20 de abril. De esta manera, es posible inferir que este nuevo cambio, a estar alturas del año escolar, traerá más perjuicios que beneficios a la integridad psíquica del niño. Sexto. Que, en aras de asegurar la debida protección del afectado, se ordenará que el establecimiento educacional debe brindar el debido acompañamiento a Uriel, a fin de lograr su completa y eficaz adaptación al 1er año de enseñanza básica, siempre en búsqueda de su mejor interés. Sin perjuicio de

Fallo

Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República, y Acta Nº 94-2015 de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del recurso de protección, se declara: Que, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don Luis Iván Carrera Zelada, en favor del niño Uriel Carrera Da Silva, en contra de la Escuela Kimún Lawal. En consecuencia, el establecimiento educacional deberá regularizar la situación de Uriel Carrera Da Silva en 1° año A y disponer las medidas de acompañamiento que sean necesarias para alcanzar la plena adaptación de Uriel a su curso. Redacción a cargo de la Abogada Integrante Sra. Margarita Campillay Caro. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Protección Nº1128-2022

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, catorce de junio de dos mil veintidós. Vistos. A folio 1 comparece don Luis Iván Carrera Zelada, quien interpone recurso de protección en favor de su hijo Uriel Carrera Da Silva, en contra de la escuela Kimün Lawal. Expone que su hijo fue matriculado por error en 1° básico, que ahora se dieron cuenta y lo quieren trasladar a kínder, que sería el curso que le corresponde. Sin embar

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