SIN INFORMACION

SILVA/DE LIBERTAD

Rol

Fecha

13 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Francheska Katherine Araya Carvajal Y Pabla Andrea Siglic Gaete, abogadas, ambas con domicilio en calle Teniente Luis Uribe 636, oficina 517, de la ciudad de Antofagasta, quienes dedujeron recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de RODRIGO ANDRES SILVA CONTRERAS, cédula de identidad 15.691.056-2 en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado de modo ilegal y arbitrario el beneficio de libertad condicional al amparado. Informó la recurrida, instando por el rechazo de la acción constitucional. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la circunstancia del cumplimiento de una condena de quinientos cuarenta y un día de presidio menor en su grado medio por el delito de desacato y a la pena de sesenta y un día de presidio menor en su grado mínimo como autor de violación de morada. Agregó que postuló al beneficio de libertad condicional, siendo rechazada por la recurrida. Que de acuerdo con la información proporcionada por Gendarmería de Chile el recurrente registra como inicio de la condena el día veintiocho de septiembre de dos mil diecinueve proyectándose su cumplimiento para el día 12 de noviembre de dos mi veintidós con un día de abono cumpliendo así con el tiempo mínimo de postulación el día veintiuno de abril de dos mil veintiuno.

Fallo

Por tanto, pudo postular a la libertad condicional, y cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios del D.L. 321 para postular al beneficio. No obstante, debido al informe evacuado por personal de Gendarmería, la recurrida rechazó la postulación. Sin embargo, señala que dicho informe carece de la fundamentación necesaria para justificar el rechazo del beneficio limitándose solo a transcribir los argumentos vertidos por los peritos en su informe no analizando la forma en que aquellos pueden evidenciar obstáculos en la reinserción del recurrente. Indica el recurrente, en relación a la evaluación IGI, resulto con riesgo de reincidencia muy alto; respecto a su plan de intervención ha participado en Taller de habilidades sociales, internalizando los contenidos expuestos y Taller de formación para el trabajo, mostrando interés en llevar a la práctica los contenidos enseñados. Agrega que uno de los factores protectores más relevantes del recurrente es su adhesión a un sistema de trabajo dependiente al interior del recinto penal, ya que desde junio de dos mil veintiuno se incorpora como trabajador de Sodexo, en el cargo de auxiliar multiservicio, permitiéndole esto adquirir sustento económico para sus necesidades básicas durante su privación de libertad. Finalmente señala que el interno finaliza sus estudios de enseñanza media en la escuela del recinto penal, lo cual puede significar un antecedente relevante en cuanto a sus expectativas salariales en el medio libre. As

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Antofagasta, a trece de junio de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Francheska Katherine Araya Carvajal Y Pabla Andrea Siglic Gaete, abogadas, ambas con domicilio en calle Teniente Luis Uribe 636, oficina 517, de la ciudad de Antofagasta, quienes dedujeron recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de RODRIGO ANDRES SILVA CONTRERAS, cédula de i

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