JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

IMPUTADOS: DAVID EMILIO ALEJANDRO VENEGAS HERRERA, KATHERINE ANDREA ACOSTA QUIROZ

Rol

Fecha

13 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que en causa RIT 4481-2018 seguida ante el Juzgado de Garantía de Talcahuano, el abogado defensor Gonzalo Benavente Delgado en representación de David Emilio Alejandro Venegas Herrera, se alzó en contra de la resolución de 4 de mayo de 2022, que resolvió dejar sin efecto la pena sustitutiva de reclusión parcial domiciliaria nocturna, decretando su cumplimiento efectivo, a objeto que se revoque y decrete en su lugar, la mantención de la pena sustitutiva, y que se intensifique, a fin de que esta sea cumplida bajo la misma modalidad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario respectivo, fijándose fecha de presentación en dicho Centro. SEGUNDO: Que, el recurrente sostiene que con fecha 6 de marzo de 2019, por sentencia definitiva su representado fue condenado a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de Robo con Intimidación, sustituyéndose esta por la pena de reclusión parcial domiciliaria nocturna, sujeta al mecanismo de control de monitoreo telemático de Gendarmería de Chile. El inicio del cumplimiento corresponde al 28 de marzo del año 2019, comenzando los controles el día 9 de abril de 2019, con fecha tentativa de término el 24 de marzo de 2020. Agrega, que las audiencias en que se ha revisado la mantención o revocación de la pena sustitutiva otorgada al imputado son: 1) 17 de mayo del 2019; 2) 09 de julio del 2019; 3) 16 de octubre del 2019; 4) 28 de abril del 2021; 5) 8 de septiembre del 2021; 5 de enero del 2022. En todos estos casos, el Tribunal, en dichas audiencias resolvió la mantención la pena sustitutiva. Sin embargo, en audiencia de fecha 5 de enero 2022, si bien se mantuvo pena sustitutiva, su defendido no se presentó para reiniciar los controles, disponiendo el tribunal citarlo directamente para que se presente el día 31 de enero del año 2022 al Centro de Reinserción Social de Concepción. Sin embargo, a pesar de haberlo citado para reanudar los controles en la fecha indicado, e

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 37 de la Ley 18.216; 352 y 370 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, sin costas, la resolución apelada de cuatro de mayo de dos mil veintidós dictada por el Juzgado de Garantía de Talcahuano. Acordada contra el voto del ministro César Gerardo Panés Ramírez, quien fue de opinión de revocar la resolución en alzada y, en su lugar, solamente intensificar las condiciones de la pena sustitutiva de reclusión parcial nocturna domiciliaria, en el sentido que ésta se cumpla en dependencias de Gendarmería de Chile, teniendo presente para ello lo siguiente: 1°.- Que es cierto que la letra del artículo 25 de la Ley 18.216, y que fuera transcrito, admite lo que más arriba se dijo a su respecto, empero la verdad es que aquí no se trata de dar preeminencia únicamente a las palabras de la ley, sino que lo que debe mover al interprete –en este caso al juzgador- es el sentido de la norma, el sentido de las palabras, que no pueden quedar sólo en eso: en meras palabras. Pues bien, utilizando, entonces, no sólo un elemento gramatical sino también uno lógico, es posible, en concepto de este disidente, arribar a una conclusión distinta en cuanto la situación del condenado Venegas Herrera, y para ello baste acudir a la ratio de la mencionado Ley 18.216, que establece penas sustitutivas a las sanciones privativas o restrictivas de libertad, y aquélla no puede ser otra, en síntesis, que evitar el contacto criminógeno que,

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C.A. de Concepción Concepción, trece de junio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que en causa RIT 4481-2018 seguida ante el Juzgado de Garantía de Talcahuano, el abogado defensor Gonzalo Benavente Delgado en representación de David Emilio Alejandro Venegas Herrera, se alzó en contra de la resolución de 4 de mayo de 2022, que resolvió dejar sin efecto la pena sustit

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