CID/CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA **
Rol
Fecha
13 de junio de 2022
Materia
OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: Por sentencia de dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1075-2020, se rechazó en todas sus partes la denuncia de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido y las demandas subsidiarias de despido indebido, ilegalidad del despido y cobro de prestaciones, interpuestas por don Luis Abraham Cid Asenjo en contra de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia; sin costas. Contra ese fallo, la parte demandante interpuso recurso de nulidad, basado en dos causales subsidiarias, siendo la primera la del artículo 478 letra e), del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 Nº 4 del mismo cuerpo legal; y la segunda es la del artículo 478 letra b) del citado Código. Declarado admisible el recurso se procedió a su conocimiento, oportunidad en que alegaron los abogados de ambas partes.
Fundamentos
Considerando: PRIMERO: Que, como causal principal, la recurrente invoca la del artículo 478 letra e) del Código del Trabajo, en relación con el artículo 459 Nº 4, denunciando que la sentencia omite el análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime probados y el razonamiento que conduce a esta estimación. Argumenta -previa exposición de los antecedentes del proceso y luego de transcribir gran parte de los motivos sexto y séptimo del
Fallo
fallo censurado- que en relación a la prueba documental, el sentenciador no analizó de manera íntegra el documento Nº 3 consiste en el sumario de don Luis Cid, pues no consideró el contexto de los hechos del sumario; además el documento N° 4, consistente en copia de correo Informe cierre denuncia de Superintendencia de Educación, 6 de marzo de 2020, tampoco fue analizado. Añade que tampoco fueron estudiados los documentos del principal imputado de los hechos de esta causa, Patricio Medina (formulación de cargos, renuncia y finiquito) que dan cuenta de su renuncia voluntaria y el pago de la indemnización, sin tener el mismo trato que el actor. Afirma que esto es central para demostrar la desproporcionalidad de la medida pues el mayor implicado, Patricio Medina, fue liberado de sumario y fue indemnizado por sus años de servicios, situación que no se aplicó al actor. Agrega que el análisis que hace el juez de las declaraciones de los testigos es parcial, impreciso y no pondera toda la declaración en su contexto. Para demostrar su aseveración, transcribe parte de las declaraciones testimoniales y las conclusiones que de ellas se desprenden. Explica que este examen es fundamental porque gran parte de las conclusiones que estima el magistrado son a partir de las declaraciones de los testigos, que no son revisadas de manera integral, lo que resta imparcialidad, que es central en juicios tan complejos como el de la presente causa. Expone que la omisión del análisis de la prueba r
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, trece de junio de dos mil veintidós. Vistos: Por sentencia de dieciséis de septiembre de dos mil veintiuno, dictada por el Primer Juzgado de Letras del trabajo de Santiago, en los autos RIT T-1075-2020, se rechazó en todas sus partes la denuncia de tutela de derechos fundamentales con ocasión del despido y las demandas subsidiarias de despido indebido, ilegalidad del de
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