MP C/ DANIEL ALEXIS CASANOVA HENRIQUEZ Y OTROS
Rol
Fecha
11 de junio de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que, la defensa de los imputados Daniel Casanova Henríquez, Jonathan Cuevas Rivas y Giovanni González Muñoz, apeló de la resolución dictada por la Jueza de Garantía de Yumbel el día tres de junio pasado, que decretó la prisión preventiva de los tres nombrados, quienes fueron formalizados como autores de los delitos de robo en lugar no destinado a la habitación, en grado de frustrado, previsto y sancionado en el artículo 442 N° 1 del Código Penal y de porte de instrumentos destinados conocidamente a cometer delitos de robo, tipificado en el artículo 445 del mismo texto. La defensa cuestiona la concurrencia de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, señalando que el delito tipificado en el artículo 445 se subsume en aquel de robo en lugar no destinado a la habitación, y como este se encuentra en grado de frustrado, la pena asignada parte en 61 días de presidio menor en su grado mínimo. Agregó que no hay acreditadas circunstancias agravantes y que el concierto de los tres imputados para cometer el delito no es una circunstancia que sirva para exacerbar la pena. En consecuencia, propuso sustituir la medida cautelar de prisión preventiva por la de privación de libertad total en el domicilio de los imputados y la prohibición de acercarse al sitio del suceso contempladas en las letras a) y e) del artículo 155 del Código Procesal Penal. 2.- La Fiscalía solicitó confirmar la resolución en alzada, explicando que se le formalizo como autores del tipo penal del artículo 445 del Código del ramo porque al ser detenidos ellos portaban un elemento destinado a inhibir señales electrónicas de teléfonos celulares y de equipos de computación que se puedan difundir a través del espectro virtual. En cuanto al delito de robo, sostuvo que los imputados registran domicilio en la intercomuna de Concepción y que concurrieron a la ciudad de Yumbel para cometer este ilícito en la única tienda dedicada a la venta de equipos celulares y de tecnologí
Fallo
se decide que se les imponen las medidas cautelares de firma semanal, los días sábados de cada semana, ante la unidad de Carabineros más cercana al domicilio de ellos y la de prohibición absoluta de acercarse al domicilio del lugar afectado por estos hechos, previstas en el artículo 155, letras c) y e) del Código Procesal Penal. Dese inmediata orden de libertad a los imputados si no estuvieren privados de ella por otra causa. Comuníquese por la vía más expedita. A los comparecientes se les tiene por notificados de la resolución precedente en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia. Sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. Rol Penal: 586-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CCP/mfmm Concepción, once de junio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1.- Que, la defensa de los imputados Daniel Casanova Henríquez, Jonathan Cuevas Rivas y Giovanni González Muñoz, apeló de la resolución dictada por la Jueza de Garantía de Yumbel el día tres de junio pasado, que decretó la prisión preventiva de los tres nombrados, quienes fueron formalizados com
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