RODOLFO ANTONIO GUTIERREZ DURAN CON AMILAB ARTICULOS MEDICOS Y LABORATORIO LTDA.
Rol
Fecha
10 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZA NULIDAD, SIN COSTAS
Hechos
VISTO: En estos antecedentes provenientes del Juzgado del Trabajo de Los Ángeles, don Braulio Carrasco Hinojosa, abogado, en representación de la parte demandada, en autos sobre juicio ordinario del trabajo por despido indirecto, caratulados “GUTIÉRREZ / AMILAB ARTÍCULOS”, causa RIT O-206-2021, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia de 25 de febrero del año en curso, por la cual se acoge la demanda interpuesta por el trabajador demandante en contra de su ex empleador AMILAB ARTÍCULOS MÉDICOS Y DE LABORATORIO LTDA., representada legalmente por don MARIO ALONSO SAIZ PADILLA, declarando que la relación laboral ha terminado por despido indirecto debido a la causal contemplada en el artículo 160 No 7 del Código del Trabajo, esto es, incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato de trabajo, y en consecuencia, y se condena a la demandada a pagar a la demandante las siguientes prestaciones que indica el fallo. La causal invocada en el recurso como principal es la establecida en el Código del Trabajo en el artículo 478 letra b), esto es, cuando haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, toda vez que la sentencia para establecer sus conclusiones fácticas desatiende de manera grave el sistema de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, de manera tal que la interpretación, valoración y conexión de la prueba no guarda ninguna relación con los hechos establecidos como acreditados. Dentro de las conclusiones fácticas que merecen ser analizadas para los efectos de la argumentación contenida en este recurso de nulidad, destacan las siguientes: En el numeral ocho del motivo décimo de la sentencia definitiva se establece lo siguiente: “La no entrega de los elementos señalados para el cumplimiento del trabajo convenido, derivado del mal manejo logístico y de abastecimiento en la empresa…”.En el motivo décimo séptimo, primer párrafo, el
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1.- Que antes de entrar al análisis del recurso, se debe tener presente que el recurso de nulidad es un medio de impugnación de derecho estricto, al cual la ley le impone exigencias que deben ser cumplidas por la parte recurrente, sin dejar de considerarse que se está atacando la validez de un
Fallo
fallo y no lo que el recurrente pueda estimar como agravio, al no ser un recurso de apelación. En otras palabras, no se trata solamente que la resolución del tribunal a quo no sea del agrado o cause agravio a quien recurre, sino que en su pronunciamiento deben haberse obviado los requisitos que la ley impone. (…)el recurso de nulidad contemplado en el proceso laboral, se sustenta en dos categorías de causales: la primera de ellas, de carácter genérico, consagrada en el artículo 477 del Código del Trabajo, consistente en infracción sustancial de derechos constitucionales o de ley que hubiese influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo; y la segunda, específica, prevista en las diferentes letras del artículo 478 del mismo texto legal, pudiendo invocarse distintas causales, conjunta o subsidiariamente, pero cada una de ellas fundamentada de manera concreta y coherente con el vicio denunciado. 2.- Que en cuanto al recurso de nulidad impetrado por la parte demandante, se invoca la causal de nulidad del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esgrimiendo que el sentenciador infringió las normas sobre apreciación de la prueba vulnerándose los principios de no contradicción y la razón suficiente, realizando un extenso y particular análisis de la prueba, quedando de manifiesto su propia interpretación de la misma, sin indicar claramente como el fallo incurre en el quebrantamiento de tales principios en forma individual, al tener que cada uno de ellos un contenido prop
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C.A. de Concepción Concepción, diez de junio de dos mil veintidós. VISTO: En estos antecedentes provenientes del Juzgado del Trabajo de Los Ángeles, don Braulio Carrasco Hinojosa, abogado, en representación de la parte demandada, en autos sobre juicio ordinario del trabajo por despido indirecto, caratulados “GUTIÉRREZ / AMILAB ARTÍCULOS”, causa RIT O-206-2021, interpone recurso de nulidad en cont
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