RODRIGUEZ GUTIERREZ ALEJANDRO JOSE/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
10 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Kevin Abel Canedo Cueto en favor de Alejandro José Rodríguez Gutiérrez, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones por privar o perturbar en forma ilegal y arbitraria la libertad ambulatoria de la amparada, con el objeto de restablecer el imperio del derecho y asegurar su protección como afectada. Sostiene que con fecha 22 de julio de 2019, el amparado, solicito la residencia definitiva ante el Servicio Nacional de Migraciones acompañando todos los requisitos exigidos por acceder a dicho beneficio. Agrega, que posteriormente, se le notificó que su solicitud fue acogida a trámite. En fecha 23 de marzo de 2020, el servicio, le pidió subsanar su solicitud de acompañar un contrato de trabajo con autorización notarial, dando cumplimiento. Luego el amparado pagó la orden de giro correspondiente a los derechos de su solicitud en fecha 6 de agosto de 2021. Expone que con fecha 30 de mayo de 2022, el amparado, realizo una consulta a través de la página web del servicio para conocer el estado de su solicitud, constando que se encuentra en “Análisis resolutivo” y con un avance del 97%. No obstante, dicho estado se encuentra hace más de diez meses, lo cual, supera con creces el plazo de 6 meses establecido por el legislador en el artículo 27 de la Ley 19.880 para la duración del procedimiento administrativo en relación con el artículo 38 de la Ley 21.325, el cual conmina al servicio a resolver las solicitudes de residencia definitiva dentro del menor plazo. Finalmente, solicita que la recurrida resuelva la solicitud de residencia definitiva presentada por el amparado en el plazo máximo de 10 días corridos. SEGUNDO: Que, informa doña Stephanie Pinto González, abogado del Servicio Nacional de Migraciones solicitando el rechazo del recurso de amparo por ser improcedente y al no existir acto ilegal ni arbitrario de dicha institución. Refi
Fallo
en virtud de lo razonado, habiendo obtenido a la fecha decisión del órgano recurrido, de 3 de junio de 2022, casi en forma paralela a la interposición del recurso, 31 de mayo de 2022, y en que se le otorgó una visa de permanencia definitiva al amparado, mediante Resolución Exenta N° 22226680 del Servicio Nacional de Migraciones de fecha 03 de junio de 2022, cuestión que permite sostener su situación migratoria regular, motivo por el cual el presente recurso ha perdido oportunidad, ya que en la especie no existen medidas cautelares de carácter urgente que pueda disponer esta Corte para restablecer el imperio del derecho, por lo que el presente recurso por dicho motivo deberá ser rechazado. Y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido por parte de Alejandro José Rodríguez Gutiérrez, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la pérdida de oportunidad acaecida. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2343-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diez de junio de dos mil veintidós. A los escritos folios 9 y 10: a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece el abogado Kevin Abel Canedo Cueto en favor de Alejandro José Rodríguez Gutiérrez, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción constitucional de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones por privar o perturbar en
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica