SIN INFORMACION

CASTILLO PEREIRA ALVARO ANDRES/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

10 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece Juan Jaime Herrera Naranjo por el condenado Álvaro Andrés Castillo Pereira, actualmente recluido en el CDP Ex Penitenciaría Santiago Sur, ejerciendo acción constitucional de amparo en contra de la resolución dictada en sesión ordinaria de la Comisión de Libertad Condicional, por la cual se rechazo la postulación del amparado, solicitando se restablezca el imperio del derecho, disponiendo se deje sin efecto la resolución citada y se conceda la libertad condicional a su representado. Invoca como antecedentes de la acción que su representado cumple con todos los requisitos correspondientes a la postulación, esto es tiempo de privación de libertad, comportamiento y realización de cursos y trabajo. Que la falta de fundamentación de la resolución, toda vez que se trata de una hoja de papel, en la que no se cita ninguna norma legal, tampoco antecedentes de hecho o de derecho que respalde el rechazo, razones de la negativa, evaluación de informes y antecedentes, menos la forma de la votación, hace que se torne en ilegal, por infringir los principios que informan el procedimiento administativo; y arbitraria, pues contradice los principios de la justicia y la lógica. Que en razón de lo anterior y vulnerada la garantía constitucional del amparado de libertad personal y seguridad individual, pide se ordene como medida para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional a su representado, decretando se le conceda dicha libertad. Segundo: Que informando el presidente de la Comisión de Libertad Condicional, el ministro Alejandro Aguilar Brevis, expuso que por resolución de 14 de abril del presente se rechazó en forma unánime la postulación del amparado, toda vez que si bien el postulante ha permanecido privado de libertad por el tiempo mínimo para acceder al beneficio y que además mantiene conducta intachable durante los cuatro últimos bimestres de su condena, cumpliéndose

Fundamentos

fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, se ha sustentado en la circunstancia de que los aspectos psicosociales antes aludidos demuestran, por ahora, un mediano compromiso delictual, con escasas posibilidades del postulante para reinsertarse adecuadamente en la sociedad, lo que impidió a la Comisión tener por probado que haya evidenciado avances en su proceso de reinserción, como lo exige el Decreto Ley N° 321. Sexto: Que, de lo consignado en el motivo anterior, a la luz del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional impetrada por el condenado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado Christopher Alexander Tapia Pérez no era merecedor de esta prerrogativa. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Álvaro Castillo Pereira y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-1973-2022. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señor Alejandro Rivera Muñoz y señora Jenny Book Reyes. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diez de junio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de junio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que comparece Juan Jaime Herrera Naranjo por el condenado Álvaro Andrés Castillo Pereira, actualmente recluido en el CDP Ex Penitenciaría Santiago Sur, ejerciendo acción constitucional de amparo en contra de la resolución dictada en sesión ordinaria de la Comisión de Libertad Condicional, por la cua

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