SIN INFORMACION

CORRO ARAUJO DARWIN RAFAEL/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

10 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurrió de amparo constitucional Gabriel Halpern Mager, abogado, en favor de los intereses de Darwin Rafael Corro Araujo, de nacionalidad venezolana, en contra de Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal en el pronunciamiento sobre la petición de visa de permanencia definitiva realizada el 16 de mayo del 2019, lo que vulnera su garantía fundamental del artículo 19 Nº 7 de la Constitución Política de la República. República. Explica que el 16 de mayo del 2019 solicitó permiso con permanencia definitiva, en el que a la fecha se mantiene pendiente. Refiere que la omisión en la respuesta infringe los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos, específicamente el principio de celeridad, esto es, que el procedimiento sometido al criterio de celeridad, se impulsará de oficio en todos sus trámites. Luego, argumenta que la autoridad recurrida por medio de la omisión ilegal y arbitraria anotada ha puesto a la persona amparada, en una situación de incertidumbre totalmente injustificada, que perturba y amenaza su libertad personal y seguridad individual, en cuanto desconoce si podrá radicarse en el país y a que, incluso, podría ser objeto de detenciones o verse impedida de abandonar e ingresar a él. Previas citas legales y constitucionales, finalizó pidiendo en su escrito de protección que sean adoptadas todas las medidas conducentes para restablecer el imperio del derecho y en especial ordenar a al recurrida que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que, informando -8.6.22- Stephanie Pinto González, abogada, por el Servicio Nacional de Migraciones, pidió el rechazo del recurso de amparo porque no han existido ni existen actuaciones u omisiones arbitrarias ni ilegales imputables a su representada, además porque el recurso resulta improcedente y ha perdido oportunidad. Refiere que el recurso es totalmente improcedente, porque a la fecha el amparado se encuentra regular en el país, y no tiene decreto de abandono ni expulsión en su contra. Luego, señala que mediante Resolución Exenta N°21279143, de 5 de diciembre de 2021, se informa al recurrente que su solicitud de Permanencia Definitiva se encuentra en etapa de “Análisis Resolutivo”. Enseguida explica todos los pasos que deben seguirse para obtener la visa con permanencia definitiva, destacando que en el presente caso se han observados todas las reglas que regulan la materia, razón por lo que no existe ninguna ilegalidad que reprochar. TERCERO: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se declara que se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Darwin Rafael Corro Araujo, en contra de Servicio Nacional de Migraciones, sin perjuicio que se insta a la recurrida a realizar un pronunciamiento de fondo dentro del menor plazo, sobre la petición que se le ha realizado por parte del amparado. Comuníquese, regístrese y archívese en su oportunidad N°Amparo-2389-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, diez de junio de dos mil veintidós. Al folio 9: téngase presente. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que recurrió de amparo constitucional Gabriel Halpern Mager, abogado, en favor de los intereses de Darwin Rafael Corro Araujo, de nacionalidad venezolana, en contra de Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal en el pronunciamiento sobre la petición de visa de

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