3º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

EMPRESA DE SERVICIOS HIMCE LTDA. CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUALQUI

Rol

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO: Apareciendo de los antecedentes que el término probatorio se encontraba suspendido de conformidad a lo estipulado en la Ley 21.226 y sus modificaciones, de lo cual razonablemente se infiere que las obligaciones que la ley procesal impone a las partes para la rendición de prueba dentro del plazo señalado, quedan igualmente suspendidas, por lo que, en consecuencia, la lista de testigos presentada por la parte demandante en folio 44, lo ha sido en la oportunidad regulada en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual SE REVOCA, sin costas del recurso, la resolución de diecinueve de abril de dos mil veintidós, dictada por el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción, en causa Rol C-4539-2019, del ingreso de dicho tribunal y, en su lugar, se decide que se tiene por presentada la lista de testigos y se dispone su citación. Devuélvase. Redacción del ministro Mauricio Silva Pizarro. N° Civil-1058-2022.

Fallo

se decide que se tiene por presentada la lista de testigos y se dispone su citación. Devuélvase. Redacción del ministro Mauricio Silva Pizarro. N° Civil-1058-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción LSV/mfv Concepción, nueve de junio de dos mil veintidós. VISTO: Apareciendo de los antecedentes que el término probatorio se encontraba suspendido de conformidad a lo estipulado en la Ley 21.226 y sus modificaciones, de lo cual razonablemente se infiere que las obligaciones que la ley procesal impone a las partes para la rendición de prueba dentro del plazo señalado, quedan igu

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