DAVID SEBASTIAN FIGUEROA EGANA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)
Rol
Fecha
9 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, por el condenado don DAVID SEBASTIÁN FIGUEROA EGAÑA, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión de Libertad Condicional, quien mediante resolución N° 125-2022, de fecha 11 de abril de 2022, rechaza otorgar el beneficio de libertad condicional a su representado. Expone que actualmente el amparado se encuentra cumpliendo las siguientes penas: 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio, por dos delitos de Robo con intimidación, en la causa RIT 36-2016, RUC 1501016953-1 del Tribunal de Juicio Oral de La Serena, derivada de la causa RIT 4366-2015 Juzgado de Garantía de Coquimbo; 9 días de reclusión, derivados de la sustitución por no pago de una multa de 3 unidades tributarias mensuales, en causa RIT 3915-2015, RUC 1500921600-3 del Juzgado de Garantía de La Serena, por el delito de hurto simple; 1 día de reclusión, derivado de la sustitución por no pago de una multa de 1/3 de unidad tributaria mensual, en causa RIT 881-2016, RUC 1501006220-6, por el delito de Daños simples. Agrega que de acuerdo a la información entregada por Gendarmería de Chile registra 6 bimestres de conducta calificada como muy buena. Refiere que la fecha de inicio de condena corresponde al 26 de octubre de 2015 y la fecha de término al 27 de octubre de 2025. Destaca que cumplió el Tiempo Mínimo para optar al beneficio el 27 de junio de 2022, correspondiente a 2/3 del tiempo total. Aduce que la Comisión de Libertad Condicional, negó al amparado la libertad condicional por considerar que existe riesgo mediano de reincidencia del condenado, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad. En tal sentido, indica que no pueden dejar de tenerse en consideración los aspectos relevantes en relación al proceso de reinserción social de su representado, los cuales constan en informe social elaborado por la asistente social Ornella Spielman Guerrero, que transcribe. Añade que la resolución mediante la cual rechaza la concesión de Libertad Condicional a su representado, atendiendo a que, no cumpliría con los requisitos necesarios para concederle la Libertad Condicional, se erige como un supuesto errado, constituyendo un acto ilegal y arbitrario que afecta la libertad personal del amparado, en contravención a lo dispuesto por la Constitución y las Leyes. Es un Acto Ilegal, infringe lo dispuesto en el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto Supremo 338/2019 de septiembre 2020, que aprueba el Reglamento sobre Libertad Condicional. Constituye un Acto Arbitrario, considerando el argumento esgrimido por la resolución que rechaza la concesión de Libertad Condicional, en consideración a los siguientes fundamentos: A). INFORME DE POSTULACIÓN PSICOSOCIAL NO CUMPLE CON LAS EXIGENCIAS CONTEMPLADAS EN EL ARTÍCULO 2° N° 3 DEL DECRETO LEY 321 EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 12 DEL D.S. 338 D
Fallo
Por estas consideraciones solicita se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada a respecto del amparado por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándosele el beneficio de la libertad condicional. Acompaña los siguientes documentos: 1. Copia de la resolución N°125-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional; 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional; 3. Informe de postulación psicosocial de Libertad Condicional; 4. Informe social emitido por la Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, Ornella Spielman Guerrero. SEGUNDO: Que, evacuó informe la recurrida, quien señala que efectivamente, por resolución N°125-2022 de 11 de abril del año 2022, se rechazó la solicitud de Libertad Condicional del mencionado interno, quien cumple actualmente condena por delitos de robo con intimidación, hurto y daños, invocando como fundamentos que, de acuerdo al informe de postulación psicosocial de Gendarmería, el interno no cumple con los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, ya que presenta un riesgo alto de reincidencia, sin que evidencie conciencia del delito ni del mal causado, y sin que tampoco manifieste un rechazo explícito a los delitos cometidos. Añade que para resolver como se hizo, se tuvo presente la naturaleza y pluralidad de delitos por los que se encuentra recluido, conjuntamente con la existencia de condenas previas por receptación y hurto, y en especial el contenido del Informe psicosocial sus
Texto Completo (Preview)
Figueroa Egaña, David Sebastián Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°226-2022-. La Serena, nueve de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogada, Defensora Penal Pública Penitenciaria, por el condenado don DAVID SEBASTIÁN FIGUEROA EGAÑA, interponiendo acción de amparo constitucional en contra de la Comisión
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