SIN INFORMACION

LEIVA/MINISTERIO DE SALUD

Rol

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Sebastián Araya Bonilla, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor de Andrés Alberto Leiva Mckendrick, kinesiólogo, cédula nacional de identidad N°15.638.020-2, domiciliado en Avenida Gabriela Mistral Nº3251, departamento 605, comuna de La Serena, y en contra de Ministerio de Salud, representado por María Begoña Yarza Sáez, ambos domiciliados en calle Mac Iver N°541, Santiago, por la falta de pronunciamiento del acto administrativo correspondiente a su recurso de reclamación interpuesto en contra de Resolución Exenta 5R N°5433-2021, de fecha 22 de junio de 2021. Expone que el recurrente se encuentra inscrito en el Rol de Prestadores de la Modalidad de Libre Elección del Fondo Nacional de Salud (FONASA) desde el año 2015, y que en el mes de abril de 2021 la Jefa del Departamento de Contraloría de FONASA le comunicó el inició de un proceso de fiscalización con la finalidad de verificar el correcto uso del Seguro Público en materia de financiamiento de las atenciones y prestaciones kinesiológicas realizadas por el actor durante los meses de enero de 2020 y febrero de 2021. Refiere que el 20 de mayo de 2021 se dictó Resolución Exenta 5R N°8200-2021, por la cual se formulan cargos en contra del actor por presuntos incumplimientos a la normativa legal y reglamentaria correspondiente. Agrega que en su oportunidad el actor formuló sus descargos, siendo notificado el 01 de julio de 2021 de la Resolución Exenta 5R N°5433-2021, de fecha 22 de junio de 2021, dictada por don Rodrigo Reyes Bohle, Director Zonal Subrogante del Fondo Nacional de Salud, en que teniéndose por acreditados algunos de los cargos, se procedió a sancionar al recurrente imponiéndole multa de 145 Unidades de Fomento, suspensión de convenio por el plazo de 60 días, y el reintegro de $1.343.260 por errores en el registro de prestaciones. Señala que contra esta última resolución el actor interpuso recurso de reclamación ante el Ministro (a) de Salud el día 07 de julio de 2021, sin que a la fecha haya obtenido un pronunciamiento por parte de la autoridad administrativa. Sostiene que la recurrida actúa en forma ilegal y arbitraria toda vez que ha excedido el plazo de 30 días contemplado en el artículo 143 del D.F.L N°1 que “fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°2.763, de 1979 y de las Leyes N°18.933 y N°18.469” con que cuenta el Ministro de Salud para emitir pronunciamiento respecto a los recursos de reclamación, conculcando de este modo su derecho a la igualdad ante la ley respecto de personas que han obtenido respuesta oportuna, así como su derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, a un debido proceso y su derecho de propiedad. Previas citas de derecho solicita acoger la acción intentada y, en definitiva, ordenar a la recurrida que se comunique dentro del plazo de 5 días la resolución del recurso de reclamación aludido, con costas. Acompaña a su recurso 1) Resolución Exenta 5R N°543

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo de Recursos de Protección de Garantías Constitucionales SE RECHAZA, sin costas, la acción de protección de garantías constitucionales interpuesta en favor de Andrés Alberto Leiva Mckendrick y en contra del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol N°2914-2022 (Protección).-

Texto Completo (Preview)

Leiva Mckendrick, Andrés Alberto Ministerio de Salud Recurso de Protección Rol Nº 2914-2022.- La Serena, nueve de junio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, comparece Sebastián Araya Bonilla, abogado, interponiendo acción constitucional de protección en favor de Andrés Alberto Leiva Mckendrick, kinesiólogo, cédula nacional de identidad N°15.638.020-2, domiciliado en Avenida G

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