1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

A.F.P. CAPITAL S.A. CON MUNICIPALIDAD DE NIQUEN

Rol

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 17.322 y artículos 186, 227 y 471 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la sentencia dictada el diecinueve de abril de dos mil veintidós. Notifíquese por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. N°Laboral - Cobranza-134-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Cip/rps Chillán, nueve de junio de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 17.322 y artículos 186, 227 y 471 del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la sentencia dictada el diecinueve de abril de dos mil veintidós. Notifíquese por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. N°Laboral -

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