ALIAGA/CARABINEROS DE CHILE PREFECTURA ANTOFAGASTA
Rol
Fecha
9 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Comparece Luis Rodrigo Aliaga Cáceres, Ex Cabo 2° de Carabineros, con domicilio en calle Salvador Allende N°954, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de la Prefectura de Carabineros Antofagasta N°4, representada por el Coronel Hernán Montoya Velarde, ambos con domicilio en calle Baquedano 450, Antofagasta, o contra quien lo subrogue o ejerza en el cargo en calidad de titular, por dictar la Resolución Exenta N°328 de 24 de marzo de 2022, rechazando la solicitud de prescripción de la medida disciplinaria impuesta, consistente en la baja de las filas de la Institución con efectos inmediatos, acto ilegal y arbitrario que amenaza, perturba y priva el libre ejercicio de sus derechos fundamentales del artículo 19 N°16 y 24 de la Constitución Política de la República, solicitando acoger el presente recurso. Informa la recurrida instando por el rechazo del recurso. Puesta la causa en estado se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que funda su recurso en que mediante Resolución Exenta N°328 de 24 de marzo de 2022, se rechazó la solicitud de declarar la prescripción de la acción disciplinaria expulsiva por mala conducta con efectos inmediatos, aplicada mediante Resolución Exenta N°773 de 01 de agosto de 2020 y que motivó la instrucción del Sumario Administrativo en curso. Refiere que con fecha 01 de agosto de 2020, mediante Resolución Exenta N°638, fue dado de baja de las filas de Carabineros de Chile con efecto inmediato, por hechos denunciados mediante parte policial N°6463, dando cuenta al Ministerio Público por Amenazas en violencia intrafamiliar e infracción al artículo 318 del Código Penal. Sostiene que con fecha 26 de enero del 2022, se realizó la audiencia de Juicio Oral Simplificado, en el Juzgado de Garantía de Antofagasta, en causa RIT 8480-2020, RUC 2000777823-7, dictándose sentencia absolutoria, por el delito de violación de morada en contexto de violencia intrafamiliar, previsto y sancionado en el artículo 144 del Código Penal en relación al artículo 5 de la Ley 20.066. Con este nuevo antecedente, con fecha 17 de febrero de 2022 se ofició a la Prefectura de Carabineros de Antofagasta, y se solicitó su incorporación -sentencia- en la pieza sumarial, para ser considerada por la Fiscalía Administrativa, para mejor resolver. Solicitando derechamente el término del proceso administrativo y la reconsideración de su aplicación reglamentaria -la baja y cese de sus funciones como funcionario de Carabineros de Chile- resultado de la aplicación del artículo 127, N°4, inciso quinto, del Reglamento de Selección y Ascensos del Personal N°8, que indica; “No obstante de lo anterior, cuando la comisión de una falta que de origen a un sumario administrativo o investigación, fuere de tal gravedad que haga inconveniente la permanencia del funcionario en la institución, y, el inculpado confiese su responsabilidad, o ésta se haga evidente, el Jefe que ordene la instrucción del sumario podrá eliminarlo de inmediato por “conducta mala", sin expresar nota de conducta hasta la terminación de la pieza sumarial o de la investigación, oportunidad en la cual deberá fijar la nota que en definitiva le corresponda, o bien, modificar o dejar sin efecto la causal de baja, según el mérito del sumario o investigación para proceder en consecuencia, con su restitución a sus funciones habituales y de sus remuneraciones”. Lo anterior, fundado en las modificaciones efectuadas a la Ley Orgánica de Carabineros de Chile N°18.961, específicamente con la Ley N°21.041, que aumenta el plazo de prescripción de la acción disciplinaria en los estatutos del personal de carabineros de chile, la cual en su artículo 2, incorporo, el siguiente; Articulo N°36 bis; “La responsabilidad administrativa se extingue por la muerte o el retiro del personal, por el cumplimiento de la sanción y por la prescripción de la acción disciplinaria. Si se encontrare en tramitación un procedimiento disciplina
Fallo
Por estas consideraciones y atendido además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por Luis Rodrigo Aliaga Cáceres, en contra de la Prefectura de Carabineros Antofagasta N°4, representada por el Coronel Hernán Montoya Velarde. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol 3041-2022 (Protección).
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, nueve de junio de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece Luis Rodrigo Aliaga Cáceres, Ex Cabo 2° de Carabineros, con domicilio en calle Salvador Allende N°954, Antofagasta, quien deduce recurso de protección en contra de la Prefectura de Carabineros Antofagasta N°4, representada por el Coronel Hernán Montoya Velarde, ambos con domicilio en calle Baquedano 450, Antofagasta, o contra qui
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