SIN INFORMACION

PÉREZ VENEGAS CLAUDIA/ VIGÉSIMO CUARTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

Rol

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°.- Que comparece Ángelo Sureda Simi, abogado, en representación de la parte demandada en juicio rol C-13648-2020, seguido ante el 24° Juzgado Civil de Santiago, procedimiento ejecutivo de obligación de dar sobre cobro de pagaré, e interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 27 de enero de 2022, por medio de la cual se denegó un recurso de apelación interpuesto en contra de sentencia definitiva de 28 de diciembre de 2021, por medio de la cual el tribunal rechazó con costas la excepción de prescripción interpuesta por la parte ejecutada. 2°.- Que, la recurrente de hecho alega que la apelación le fue denegada por extemporánea, lo que sería errado

Fundamentos

considerando que se notificó de la sentencia el 5 de enero de 2022, y que además ambas partes fueron notificadas por cédulas de receptor judicial de la sentencia el 7 de enero de 2022. Luego, el escrito de apelación fue presentado el 18 de enero de 2022.

Fallo

Por tanto, estima que el recurso fue presentado dentro de plazo. 3°.- Que, informando, Cecilia Pastén Pérez, juez suplente del 24° Juzgado Civil de Santiago, señala que en estos autos se dictó sentencia definitiva el 28 de diciembre de 2021, y que la parte recurrente presentó un escrito notificándose personalmente de la misma para todos los efectos legales el 29 del mismo mes, el que fue resuelto el 5 de enero de 2022, teniéndosele por notificado con esa misma fecha. Sin embargo, el recurso de apelación lo interpuso el 18 de enero de 2022, y considerando que el plazo para apelar de una sentencia definitiva es de diez días según el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, no se concedió el recurso, por extemporáneo, pues el plazo vencía el día 17 del mismo mes. 4°.- Que los dos primeros incisos del artículo 189 del Código de Procedimiento Civil establece que “el recurso de apelación deberá interponerse en el término fatal de cinco días, contados desde la notificación de la parte que entabla el recurso, deberá contener los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya y las peticiones concretas que se formulan Este plazo se aumentará a diez días tratándose de sentencias definitivas”. 5°.- Que, según consta de las piezas del expediente acompañadas junto con el informe del tribunal a quo, a la parte recurrente de apelación se la tuvo por notificada de la sentencia definitiva mediante resolución de fecha 5 de enero de 2022, que resolvió un escrito por el cual solicit

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, nueve de junio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que comparece Ángelo Sureda Simi, abogado, en representación de la parte demandada en juicio rol C-13648-2020, seguido ante el 24° Juzgado Civil de Santiago, procedimiento ejecutivo de obligación de dar sobre cobro de pagaré, e interpone verdadero recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 2

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