SIN INFORMACION

VALDÉS/FARMACIAS CRUZ VERDE SPA.

Rol

Fecha

9 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Al escrito folio 1: A lo principal: Quedando en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo protección de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con un conflicto que deriva de un eventual incumplimiento de obligaciones derivadas de un acto de consumo, cuestión que incluso se hace palpable al solicitar en el petitorio de su presentación que la Farmacia recurrida haga abono inmediato a la cuenta del recurrente de la cantidad íntegra de su compra por $45.960, el ejercicio de la acción constitucional de protección no resulta la vía idónea para obtener dicho resultado. En efecto, la acción de tutela constitucional consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, tiene por objetivo restablecer el imperio del derecho cuando se advierta una vulneración o amenaza de una garantía constitucional de aquellas que previene la mencionada norma, circunstancia que no se advierte al tenor del recurso de marras, por cuando existen acciones específicas contempladas en la ley 19.496 para resolver sus pretensiones. Y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por el abogado don Miguel Valdés Millaqueo, en contra de FARMACIAS CRUZ VERDE S.A. Decisión acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Reinaldo Osorio, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de protección intentado, por estimar que el recurso cumple con los requisitos formales para su tramitación. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Estese a lo resuelto. Al tercer otrosí: Téngase presente. Regístrese. Rol N° Protección-15408-2022 (pvb).

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por el abogado don Miguel Valdés Millaqueo, en contra de FARMACIAS CRUZ VERDE S.A. Decisión acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Reinaldo Osorio, quien fue del parecer de declarar admisible el recurso de protección intentado, por estimar que el recurso cumple con los requisitos formales para su tramitación. Al primer otrosí: A sus antecedentes. Al segundo otrosí: Estese a lo resuelto. Al tercer otrosí: Téngase presente. Regístrese. Rol N° Protección-15408-2022 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, nueve de junio de dos mil veintidós. Vistos: Al escrito folio 1: A lo principal: Quedando en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo protección de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con un conflicto que deriva de un eventual incumplimiento de obligaciones derivadas de un acto de consumo, cuestión que incluso se hac

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